La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deberán informar los movimientos de las cuentas bancarias y tarjetas de débito.
El monto mínimo para reportar consumos con débito es de $120.000.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deberán informar los movimientos de las cuentas bancarias y tarjetas de débito.
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De esta manera, las entidades financieras deberán reportar los consumos con débito a partir de los $120.000. La última actualización de la normativa se había realizado el año pasado y era de $30.000.
A su vez, la Resolución General llevó de $90.000 a $200.000 la cifra mínima para informar las acreditaciones mensuales, extracciones mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.
A partir de la última modificación, las entidades financieras comprendidas deberán informar:
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