Decisión de Corte posterga aún más fallo sobre la pesificación
La Corte Suprema postergó ayer otra vez un fallo sobre la pesificación. Lo hizo al rechazar que el tribunal sea completado por conjueces para definir la validez de la emergencia económica. En rigor, espera que el proceso inflacionario reduzca más la brecha que existe entre el valor del dólar y el de la pesificación. Este último, $ 1,40 más el CER y los intereses, se ubicaría hoy en $ 2,33. Estima que así podría acercarse a un fallo que por la mayor inflación reintegre a los ahorristas un porcentaje por arriba de 80% del depósito original en dólares. De ocurrir, creen posible que muchos de los ahorristas que tienen sus causas en el alto tribunal desistirán de sus planteos y sus casos serán archivados. La discusión de fondo ahora es quién debe soportar esa diferencia, si los bancos o los ahorristas. Los jueces no se ponen de acuerdo en este aspecto y en una Corte desintegrada (hay siete miembros, uno no vota y otro está a favor de la redolarización) se hace difícil alcanzar una mayoría de cinco.
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«La pesificación, como cambio del valor del peso frente al dólar, es una medida económica que, como tal, ya fue confirmada por la Corte, a partir de 2004, en los casos Galli y Bustos», admitió en ese sentido hace pocos días el juez Lorenzetti. Lo que está ahora pendiente de discusión en los casos todavía no resueltos es la determinación de quién debe soportar la diferencia, cada vez menor, que existe entre el valor del dólar al precio de mercado y el valor del peso actualizado por el CER y los intereses (según surge de la Ley 25.561). En este sentido, el aumento de la inflación será funcional al futuro fallo pesificador. En definitiva, lo que se trata es de decidir si lo soportan los acreedores o los deudores, los ahorristas o los bancos.
De esta manera, un posible pronunciamiento definitivo sobre el tema de la pesificación dependerá de que los miembros del Alto Tribunal puedan arribar a un consenso que hasta el momento parecería no ser suficiente para reunir los cinco votos necesarios para un fallo de mayoría.
Ayer, al asumir como propia la decisión, la Corte señaló que no podían considerarse agotadas las posibilidades de lograr un acuerdo unánime que permita dictar sentencia sobre las cuestiones planteadas.




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