Desde el 3 de agosto se ajustarán créditos
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Así figura en el proyecto de circular que el Banco Central distribuyó entre las entidades financieras y que sería aprobado en las próximas 48 horas. Hasta ahora, se suponía que las tasas máximas serían aplicadas según el tipo de deudor: para los individuos 4% y para las empresas 7%. La definición, como suele suceder en las últimas semanas, tal vez sea más política que económica.
•Quedan exceptuadas de la pesificación uno a uno las deudas bancarias contraídas para la prefinanciación y financiación de exportaciones. En este caso, los deudores deberán pagar de acuerdo con el tipo de cambio «que se pacte libremente».
•plainLas empresas que tomaron deudas para financiar importaciones mantienen la ventaja de la pesificación del crédito uno a uno.
•as cuotas de créditos pesificados se mantendrán sin modificaciones hasta el 3 de agosto próximo. Quiere decir que desde febrero a julio el deudor deberá pagar una cuota similar a la de enero.
•l capital adeudado a partir del 3 de febrero deberá actualizarse según la evolución del ajuste por inflación, a través del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).
•ero el impacto recién deberá aplicarse a partir de las cuotas de agosto, según la inflación que se acumule en estos seis meses.
•n agosto los bancos deberán recalcular el capital del crédito y los intereses, de acuerdo con el ajuste por el CER y a la tasa de 4% o 7% anual. Ambos conceptos están vigentes desde febrero, pero recién impactarán en las cuotas del crédito en seis meses.



