4 de marzo 2002 - 00:00

Desde el 3 de agosto se ajustarán créditos

Recién a partir del 3 de agosto los créditos bancarios en dólares que fueron pesificados reflejarán el ajuste por efecto de la inflación, de acuerdo con el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER). Hasta entonces, es decir durante seis meses, el deudor tendrá que seguir pagando la misma cuota de enero, pero convertida a pesos.

Pero no obstante el período de gracia de 180 días, el impacto del CER se calcula a partir de febrero pasado para todas las financiaciones que hayan sido pesificadas.

Además, la nueva tasa de interés máxima que cobrarán los bancos a los créditos pesificados estará de acuerdo con el tipo de garantía que posean: aquellos que cuenten con garantía hipotecaria sobre inmueble o prendaria tendrán una tasa de 4% anual en pesos, mientras que los préstamos que no tengan este tipo de cobertura tendrán una tasa de 7% anual.

Así figura en el proyecto de circular que el Banco Central distribuyó entre las entidades financieras y que sería aprobado en las próximas 48 horas.
Hasta ahora, se suponía que las tasas máximas serían aplicadas según el tipo de deudor: para los individuos 4% y para las empresas 7%. La definición, como suele suceder en las últimas semanas, tal vez sea más política que económica.

La normativa tiene como objetivo que las deudas pesificadas no terminen totalmente licuadas por efecto de la inflación. De todas formas, dispone que tanto los pagos en cuotas como las cancelaciones de capital se efectúen hasta el 3 de agosto sin tener en cuenta el CER. El impacto del ajuste inflacionario debe ser recalculado recién a partir de esa fecha.

Estos son los puntos principales del proyecto que establece el tratamiento para los créditos otorgados originalmente en dólares, que ahora serán pesificados, tendrán tasa máxima y serán ajustados según la inflación:

•Todas las financiaciones en dólares otorgadas al 5 de enero de 2002 son convertidas uno a uno.

•Quedan exceptuadas de la pesificación uno a uno las deudas bancarias contraídas para la prefinanciación y financiación de exportaciones. En este caso, los deudores deberán pagar de acuerdo con el tipo de cambio «que se pacte libremente».

•plainLas empresas que tomaron deudas para financiar importaciones mantienen la ventaja de la pesificación del crédito uno a uno.

•as cuotas de créditos pesificados se mantendrán sin modificaciones hasta el 3 de agosto próximo. Quiere decir que desde febrero a julio el deudor deberá pagar una cuota similar a la de enero.

•l capital adeudado a partir del 3 de febrero deberá actualizarse según la evolución del ajuste por inflación, a través del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).

•ero el impacto recién deberá aplicarse a partir de las cuotas de agosto, según la inflación que se acumule en estos seis meses.

•n agosto los bancos deberán recalcular el capital del crédito y los intereses, de acuerdo con el ajuste por el CER y a la tasa de 4% o 7% anual. Ambos conceptos están vigentes desde febrero, pero recién impactarán en las cuotas del crédito en seis meses.

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