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11 de diciembre 2003 - 00:00

Eléctricas no podrán exigir pago de deuda

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Esa suma, además, sigue en ascenso, porque cada mes del período estival Cammesa --em-presa mixta encabezada por el secretario de Energía, que controla el despacho eléctricopercibe de las distribuidoras entre 15% y 18% menos de lo que debe pagar a las genera-doras. (El desfase fue y será mucho más alto en el invierno, cuando se utiliza combustible líquido, lo que triplica los costos de las centrales térmicas.)

La norma publicada ayer en el Boletín Oficial establece que las acreencias en el mercado eléctrico mayorista a partir de junio de 2003 se dividen en dos tipos: «Acreencias con fecha cierta de vencimiento, la que está en función con los recursos disponibles para afrontarla», y «acreencias con fecha a definir por la Secretaría de Energía».

Esto implica, según la resolución que lleva el número 943, que las acreencias de las generadoras, con fecha de vencimiento condicionada a definición de la Secretaría de Energía,





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