21 de noviembre 2002 - 00:00

Evalúan borrador de ley de entidades financieras

Evalúan borrador de ley de entidades financieras
El Banco Central y la Superintendencia de bancos ganarían una gran cuota de poder y de autonomía si se aprueba el proyecto que modifica la Ley de Entidades Financieras que ya redactó el gobierno. Se trata de un pedido explícito del Fondo Monetario Internacional (FMI) como uno de los requisitos para llegar a un acuerdo, y que tiende a asegurar la independencia de la autoridad monetaria del poder político.

El borrador de esta iniciativa, que ya están analizando en Diputados, incluye un paraguas de protección jurídico a los miembros del directorio, faculta al BCRA a designar interventores en los bancos en problemas sin que medie la aprobación de la Justicia y otorga absoluta autonomía para el manejo presupuestario. Las nuevas y mayores atribuciones se incluyen en cambios al artículo 35 bis de la Ley de Entidades Financieras y también en modificaciones en la Carta Orgánica del Central.

• Puntos

Estos son algunos de los principales ítem del proyecto, que figuran en uno de los doce puntos del compromiso firmado el lunes por una veintena de gobernadores:

Protección jurídica para el directorio del Banco Central: es el punto más polémico, porque se considera que otorga inmunidad ante la ley a un grupo de funcionarios públicos. El párrafo que se agrega al artículo 35 de la Ley de Entidades Financieras señala que todos los actos adoptados por el BCRA y la Superintendencia -y por ende por sus funcionarios-sólo podrán ser anulados en sede judicial cuando se compruebe «arbitrariedad o irrazonabilidad manifiesta». Además, se dispone que el mismo régimen alcanzará a otros órganos de la administración pública nacional cuando se trate de decisiones vinculadas al reordenamiento del sistema financiero, bancario y del mercado de cambios.

Más facultades para intervenir un banco en problemas: se modifica el artículo que se refería anteriormente a esta cuestión, haciéndolo mucho más explícito. Queda dispuesto que el BCRA deberá designar interventores cuando una entidad presente síntomas de iliquidez o insolvencia. Debe notificarse inmediatamente al juzgado comercial competente la medida adoptada, como también los «actos urgentes» cumplidos por los interventores designados. En el texto actual, en cambio, el Central debe «solicitar» al juez de comercio la designación de un interventor judicial, pero no podía hacerlo directamente.

Mayor independencia política: la institución quedaría excluida de cualquier norma que se aplique sobre los organismos de la administración pública nacional, «salvo expresas disposiciones en contrario establecidas por ley».

Manejo propio del presupuesto: el Central debe remitir antes del 30 de setiembre de cada año su presupuesto anual, calculando recursos y sueldos del personal. Esto ya figura en la Carta Orgánica, pero en el actual texto se dice que el presupuesto es enviado para su «aprobación» al Congreso. En cambio, ahora sólo debe presentarse la información para su «conocimiento». Es decir, que la institución monetaria quedaría con una absoluta autonomía en materia del manejo de su presupuesto, sin posibilidad de supervisión de naturaleza alguna por parte de otros organismos estatales.

Además, el proyecto estipula en forma muy precisa los pasos que deben darse al proceder con la reestructuración de un banco, incluyendo el proceso de exclusión de deter-minados activos y pasivos.

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