Podríamos relatar situaciones similares con tenedores de títulos públicos que están bajo ley argentina que fueron pesificados y hoy valen casi la mitad que los de ley extranjera; con los compradores de LETES que lo hicieron con el compromiso explícito del Estado de que podrían ser utilizados para pagar impuestos en caso de modificación de sus cláusulas y ahora se lo prohíben; con los deudores morosos que se beneficiaron con descuentos superiores a 50% en la cancelación de sus deudas respecto de los deudores al día que los excluyeron de este beneficio; con lo deudores que gestionaron préstamos en pesos por temor a una devaluación y por ello pagaron sobretasas respecto de los endeudados en dólares y otros tantos casos que ciertamente nos harían dudar sobre el calificativo a dar a la pesificación: ¿fue equitativa o arbitraria?
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