La idea de un «per saltum» para evitar que los amparos frenen cualquier renegociación de los contratos, que la semana anterior discutieron con el Congreso el procurador Osvaldo Guglielmino y el ministro Roberto Lavagna no es nueva.
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En los primeros meses de este año, la propia Corte Suprema formuló a través de su presidente, Enrique Petracchi, un proyecto de ley que crearía un remedio similar: enviar directamente a ese tribunal los amparos que se hayan admitido en primera instancia, que tengan «agravios de índole federal» y cuya resolución «configure una cuestión de inequívoca gravedad institucional».
Ese remedio lo imaginó el tribunal como la vía que ofrecían sus integrantes para la situación que plantea el gobierno como obstáculo a las renegociaciones de contratos: cada vez que se sientan a discutir nuevas condiciones las empresas plantean ese «tipismo» del sistema jurídico criollo que pone en manos de decenas de jueces el destino de las medidas de gobierno.
Ni los funcionarios más creativos del gobierno se han planteado evitar los reproches judiciales -algo que agravaría la inseguridad en el terreno legal-, pero sí admiten la conveniencia de que esos casos pasen directamente a una cámara o a la Corte misma.
Los funcionarios ilustran el problema que plantean los amparos «descontrolados» con el ejemplo de la renegociación de contratos que emprendió la administración de Eduardo Duhalde, que fueron frenados por la Justicia, lo cual trasladó la herencia al nuevo gobierno. Eso agravó la situación externa del país en la renegociación de la deuda y en la discusión del programa económico con los organismos financieros internacionales.
En el área de infraestructura dan otro ejemplo que es el programa de levantamiento de los pasos a nivel de los ferrocarriles que corren por la Capital Federal. Un amparo interpuesto en la década de los años '90 por el diputado socialista Héctor Polino ante un juez detuvo esas obras e hizo caer los créditos internacionales que se habían obtenido para esas obras.
El proyecto Petracchi -un oficioso borrador que le hizo llegar a Lavagna-no caminó porque sacarle las causas con amparos a un juez implicaba reflotar una de las frases malditas de pasado noventista, el «per saltum», que usó la gestión de Carlos Menem para evitarle escollos a la privatización más desprolija de aquellos años, la de Aerolíneas Argentinas.
La apertura del «per saltum» para este tipo de causas, además, fue objeto de un decreto de necesidad y urgencia de Fernando de la Rúa de noviembre de 2001 (el 1.387/2001) por el cual se modificó el artículo 195 bis del Código Procesal Civil. Rigió desde esa fecha hasta abril del año siguiente para aquellos amparos «que en forma directa o indirecta afecten, obstaculicen, comprometan o perturben el desenvolvimiento de actividades esenciales de entidades estatales» que podían ir directamente a la Corte.
La segunda ley de emergencia dictaba bajo el gobierno de Eduardo Duhalde (la 25.587 de abril de 2002) derogó esa reforma del código y cerró un camino que este gobierno, ante el proyecto Petracchi, no ha querido reabrir en cuanto a la Corte se refiere. El nuevo proyecto (ver nota aparte) termina siendo una iniciativa para un «per saltum» light que enviaría los amparos conflictivos a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de la Capital Federal.
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