El Ministerio de Economía llevó a su mínima expresión la posibilidad de canjear deudas impositivas con títulos públicos, al limitar el monto canjeable a 12.719 pesos. Con esta medida, dispuesta por Domingo Cavallo, el llamado sólo interesaría a las pequeñas empresas y eventualmente a los contribuyentes individuales, ya que sólo podrán blanquear deudas hasta ese tope. Teniendo en cuenta los datos de las últimas moratorias (por ejemplo, la que el año pasado lanzó José Luis Machinea), los contribuyentes que declararon impuestos impagos de hasta 13.000 pesos son sólo 10 por ciento de los morosos. En ese llamado, 70 por ciento dijo tener deudas de entre 40.000 y 150.000 pesos, con lo que este tope aleja a la mayoría de los incumplidores tributarios que podrían estar interesados en el nuevo régimen.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
La medida surge de dos resoluciones publicadas ayer, tal como adelantó el lunes Ambito Financiero, que ponen en funcionamiento esta posibilidad de cancelar deudas impositivas. Además de esa limitación, el gobierno confirmó que los morosos podrán incluir tributos impagos de hasta el 30 de junio de este año, y que estarán incluidos el IVA, Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, endeudamiento empresario, contribuciones patronales, pero no el impuesto al cheque y los aportes a las obras sociales y Aseguradoras de Riesgo del Trabajo. Tampoco se incluirá la percepción de impuestos.
En este régimen sólo se podrán incluir los títulos públicos que tengan vencimiento a diciembre de 2005. Estos son los BONTES 2002, 2003, 2004 y 2005, los Global 03 y 05, el BOCON PRE4 y, en pesos, el Global 2002 y el BOCON PRE3. La duración del llamado será hasta diciembre de este año y quedará a disposición de Economía prorrogar el plazo.
Por otro lado, y en relación con la posibilidad de canjear impuestos futuros con los intereses que devenguen los títulos públicos, en este caso sin límite temporal, el Ministerio de Economía dispuso también límites para la emisión de los Certificados de Crédito Fiscal (CCF) con la que se podrá aplicar el beneficio.
Para este año se podrá emitir un total de 3.678.547.405 pesos; mientras que para 2002 se destinarán 9.041.488.700 pesos. Economía también dispuso el mecanismo que los interesados deberán aplicar para abrir una cuenta en la Caja de Valores.
Las principales características de los dos llamados son las siguientes: Liquidación de deudas impositivas con títulos públicos • Se podrán tomar deudas acumuladas hasta el 31 de junio, el régimen tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de este año e ingresarán los títulos públicos con vencimiento en diciembre de 2005. • La compra de estos títulos no estará gravada por el Impuesto a las Ganancias. • El contribuyente deberá contar con dinero en efectivo. • El trámite únicamente se podrá efectuar en las oficinas de la DGI donde se está inscripto. • Se podrán incluir deudas en juicio, pero siempre que no tengan fallo judicial. Liquidación de impuestos futuros • Se crea el CCF. Será emitido por Economía y se escriturarán por el importe equivalente a los cupones de intereses de los títulos de deuda nacional que se depositen hasta el 31 de diciembre de 2001. • Economía publicará este valor diariamente y con una demo-ra de 48 horas. • La AFIP está obligada a aceptarlos para la cancelación de todos los impuestos, con excepción del tributo al cheque, contribuciones patronales, aportes a las ART y obras sociales.
Dejá tu comentario