26 de mayo 2003 - 00:00

La verdadera reforma

Para contar con un sistema tributario que, además de garantizar equitatividad y transparencia, sea eficaz en la recaudación y eficiente en su costo, vengo sosteniendo desde largo que es ineludible una reelaboración integral basada en tres pilares esenciales.

Simplificación. Cuando decimos simplificación, acotamos que bien cabe agregar el prefijo ultra. No debería ser así si no fuera por la cantidad de veces que se confunde simplificación con dar una pizca de ordenamiento al régimen de un impuesto aislado, persistiendo no obstante confuso, siempre susceptible de una mar de diversas interpretaciones.

Simplificar no es hacer algo simplón, tosco o tonto. Simplificar es hacer sencillas las cosas para que todos los contribuyentes puedan entenderlas. Lo que sí es tonto es pretender recaudar cuando la complejidad aborta toda posibilidad de cumplir en forma completa, demostrable e indubitable las obligaciones fiscales; cuando ésta oscurece el sistema, superpone tributos, crea entelequias, discrimina entre ellas y hace añicos los derechos individuales.

• Dualidad

No es posible (no debería serlo) que, de acuerdo con ciertas cláusulas, pueda considerarse cumplida una obligación pero que de acuerdo con otros artículos, o en función de otras interpretaciones, se pueda afirmar lo contrario. Por aquí empieza la mentada seguridad jurídica... ¿Es posible hablar de seguridad jurídica cuando multitud de aspectos y alcances de las normas quedan sujetos a la interpretación de los mismísimos agentes del organismo de contralor?

Simplificar es proveer un sistema de ley tributaria, decreto reglamentario y resoluciones administrativas conciso, sin incoherencias y que no dé lugar a interpretaciones diferentes y contradictorias. El sistema debe ser tan escueto y consistente como para que su lectura arroje una única interpretación posible de los hechos imponibles, de su cálculo, de la forma de liquidación y pago del tributo.Y, por supuesto, impedir la doble imposición.

Simplificar tiene también un costado temporal o dinámico. La permanente modificación y emisión de nuevas disposiciones es un sablazo a la simplicidad y a la seguridad jurídica. Sólo un sistema compacto y estable permite hacer planes y proyectar en el tiempo. Y esto atrae inversiones.

Universalización. Esto es darles alcance universal a los tributos. Aquí también habíamos propuesto el prefijo ultra. Porque sistemáticamente vemos modificaciones o propuestas tendientes a «generalizar» algún impuesto, «salvo tales o cuales actividades». Actividades ésas que para el Estado parecerían contribuir al desarrollo, al bienestar del género humano o a la democracia más que otras aparentemente menos dignas, como carpintero, pianista o profesor universitario... Impuestos que «gravan a todos por igual», salvo a los exentos, o eximidos, o acomodados o evasores.

Universalizar es hacer que tributen -la misma tasa- todos aquellos hechos unívocamente interpretables como imponibles. Si el hecho existió, hay que tributar. Así de sencillo. Aunque el sujeto sea astronauta.

Al universalizar, se eliminan resquicios para evadir. Nos evitamos discutir si las actividades de fulano están exentas, y en qué grado, por su condición de ser peluquero de astronautas (nuevamente la doble interpretación). O que haya más astronautas que vuelos espaciales.

• Mala palabra

Transaccionalización. Para muchos, casi una mala palabra.

¿Qué queremos significar con este neologismo? Las expectativas de efectividad recaudatoria del sistema tributario deben estar centradas principalmente en gravar en forma directa e inmediata las transacciones económicas. ¿Por qué? Porque es aquí donde menos duele tributar y más fácil es determinar en forma inequívoca el monto imponible y la suma a pagar y, por consiguiente, donde más se dificulta la evasión. Tanto más hermético a la evasión si las tasas de gravamen son realmente módicas, no significativas en el precio final, y se incorpora algún control por oposición de intereses a la cadena de transacciones.

Presiento ya lo quejidos de algunos frente a este concepto: «Vender no es lo mismo que ganar»... «gravar las transacciones hace inequitativo y regresivo el sistema porque termina gravando más a quienes menos tienen».

Absolutamente falaz. En primer lugar, hoy la recaudación ya depende seriamente de las transacciones gravadas. La principal porción -más de 80%- de los ingresos totales corresponde a IVA, impuestos al consumo (cigarrillos, bebidas, combustible, telefonía, servicios públicos, etc.), seguridad social y derechos de aduana. Pero las mismas transacciones son afectadas por múltiples gravámenes simultáneamente.

• Sencillez

En segundo lugar, si el sistema es sencillo y compacto, no hay por qué temer en cuanto a inequidades, regresividad y descapitalización. La facilidad de cálculo hace que el contribuyente pueda incorporarlo directamente a su fórmula económica, en el pricing. De esta forma, deja de ser tarea de adivinos el conocer si usted va a ganar o perder plata si hace tal negocio. Y por lo tanto ahora sí se puede presumir que, en un giro de negocios sano y racional, a más transacciones corresponda mayor ganancia, porque el efecto impositivo ya está incorporado en sus costos. Y como está incorporado en sus costos, sabe de antemano que todo valor que no cubra el efecto impositivo es un precio vil.

Los que sí atentan contra el ahorro y la formación de capital son tributos como el Impuesto a los Bienes Personales o el Impuesto a los Activos Empresarios, por muy acostumbrados que estemos a ellos. Un contribuyente puede tener que liquidar activos para pagar impuestos que los gravan, pues no se basan en ninguna transacción o explotación de los mismos y menos aún en un eventual margen obtenido con ellas. Gravan (o mejor, castigan) la mera tenencia. ¿Dónde quedó la no confiscatoriedad?... Ni que hablar de otros principios como el derecho a la privacidad o intimidad... La base de datos del Impuesto a los Bienes Personales es un exceso propio de Estados, no digamos autoritarios, sino auténticamente totalitarios. Quedan librados a su imaginación los múltiples propósitos a que puede servir su uso.

Estarán, también, los que aducirán que los impuestos a las transacciones gravan el consumo, antes que el ahorro o la inversión. Pero, ¿es acaso esto malo? Todo país requiere inversiones para crecer; los argentinos debemos volver a la cultura del ahorro.

Por supuesto que centrar la efectividad recaudatoria en un tributo (y sólo uno) que grave las transacciones no es ni debería ser escollo para que persista un Impuesto a las Ganancias que asegure la no regresividad del sistema. Sólo que ahora la hermeticidad del primero multiplicará la efectividad del segundo (siempre y cuando se lo reformule completamente, siguiendo estrictamente el principio de simplicidad y, por supuesto, el de universalidad).

(*)
Doctor en Economía, profesor del CEMA y de la Escuela de Economía y Negocios Internacionales.

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