época de campaña se oyen propuestas de reducción o aumento de impuestos destinadas a impactar emocionalmente, pero carentes de fundamento.
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La mayoría de nosotros tenemos limitados conocimientos para comprender el verdadero alcance de las medidas propuestas. Por ejemplo, se modificó la ley del Impuesto a las Ganancias incorporando a funcionarios y jueces del Poder Judicial, nombrados a partir del inicio de este año. En campañas, programas de TV, radio, periodismo escrito no sólo los partícipes de la oposición proclaman una gran reivindicación en el hecho de que los jueces paguen el Impuesto a las Ganancias.
Sin embargo, suponiendo que un juez en funciones antes del 2017 gane 100.000 pesos por mes. ¿Se pagará a los nuevos jueces 65.000 pesos? No parece posible. Es más probable que los sindicatos que representan a los funcionarios de la Justicia afectados por la modificación, reaccionen pidiendo la recomposición del salario. El efecto para el Estado nacional será mayor gasto. Veamos un cálculo rústico (que no considera deducciones): para que un juez incorporado en 2017 gane lo mismo que un juez en funciones antes de este año, el sueldo deberá aumentar lo suficiente para absorber el Impuesto a las Ganancias. ¿Cuánto podría ser eso?
Deberá pagar a los nuevos jueces $153.840, que luego de restado el impuesto de 35% sobre ese bruto, representaría los $100.000 que ahora ganan los jueces. Lo peor es que de los $ 53.840 de Impuesto a las ganancias que recaude sólo el 42% quedará para la Nación, por la coparticipación del impuesto.
O sea que para igualar el sueldo de los jueces anteriores y posteriores a 2017, el Estado deberá gastar $153.840 de los cuales reuperará sólo por Impuesto a las Ganancias $26.036, o sea que el costo neto del sueldo de la Justicia será de $132.304.
Gravando el sueldo de los funcionarios de la Justicia, se transferirá a las provincias el 58% del sueldo que se pague a los jueces que también le correspondan por la coparticipación del impuesto. Respecto de cada provincia, gravar a sus funcionarios de la Justicia con el Impuesto a las Ganancias, implica transferir a la Nación el 42 % de esos sueldos por la misma razón de la coparticipación.
Sólo sería neutro el efecto de gravar a los funcionarios de la Justicia si se mantuviera el sueldo antes de descontar el Impuesto a las Ganancias igual, o sea que se reducirá el de los nuevos jueces en un 35% en el bolsillo.
Ya los expresó Luigi Einaudi, estadista y profesor de finanzas públicas italiano, en su libro "Mitos y Paradojas de la Justicia tributaria", donde extendía la idea de no gravar, a todos los funcionarios de la administración pública, ya que al fijar el salario establecido se contemplará siempre la reducción del impuesto, con lo cual no gravarlo implicaría al Estado ahorrar una parte del costo del empleo, evitando tener que volver a recaudarlo después con el impuesto a las ganancias, suponiendo que todos cumplan.
En Estados Unidos los jueces pagan el Impuesto a las Ganancias (income tax), pero ganan en promedio $ 3.800.000 de salario. Gravar con el Impuesto a las Ganancias la renta financiera ha sido una propuesta supuestamente progresista. Quienes lograron imponer la modificación ¿no sabían que la mayor parte de la renta financiera ya estaba gravada? La proporción mayor de las transacciones las realizan empresas que ya estaban gravadas por la renta financiera, antes de las modificaciones del 22 de julio del año pasado. Las personas físicas (ahora llamadas "humanas" por contraste con el orangután del zoológico que se lo consideró en los Tribunales "persona no humana") también estaban gravadas por la renta financiera de sus hipotecas y de la venta de acciones (excepto las que cotizan en las Bolsas de Argentina). Cuánto más se recaudará por el resto de la renta financiera de las personas humanas probablemente sea tan exiguo como para justificar gravarla. Por otra parte, se desalientan las operaciones financieras recientemente gravadas, ya que para tener un retorno, se exigirán mayores rendimientos e intereses.
Quitar el IVA de los alimentos y otros productos. Está de moda esta propuesta. Pero ¿será realmente útil para bajar precios?
Si un almacenero vende un alimento a 100 más IVA, o sea a 110,5 recupera el impuesto que le pagó a sus proveedores de alimentos de 10,5 cargado en el precio al consumidor. Suponiendo que se suprima el IVA para alimentos: los proveedores de los alimentos seguirán facturando el impuesto y el precio será de $100 más 10,5%, o sea los mismos $110,5. Si el almacenero no puede trasladar el IVA a los consumidores, deberá vender a $100. Sin embargo, su costo fue de $110,5, ya que él sí pago el impuesto. O sea que perderá $ 10,5. ¿Que hará el almacenero?: mantendrá el precio del alimento, para no perder el impuesto que paga a sus proveedores. Hemos omitido en la cuenta la rentabilidad que agrega el almacenero. Sobre ese margen de ganancias la exención del IVA sí podría representar un ahorro para los consumidores y el único en toda la cadena de producción.
Sólo se eliminará el IVA del precio de los alimentos eximiendo a todas las etapas de producción, desde los productores agropecuarios hasta el almacén o supermercado, pero se mantendrían gravados productos del sector primario derivados a industrias no alimentarias. Y en ese caso, el control se hará terriblemente complejo.
En todo caso, para bajar el precio de los alimentos convendría pensar en eliminar el impuesto sobre los Ingresos Brutos de las provincias, que con tasas de 3 a 5% encarecen los precios ya que se van potenciando desde le etapa primaria, hasta llegar al consumidor, porque se incorpora a los precios de cada etapa. El aumento de valor en cada una de ellas, lo hace también sobre el impuesto incorporado en el precio de compra a la etapa anterior.
Muchos políticos, miembros del Congreso y periodistas deberíamos consultar a los especialistas en las materias sobre las que opinamos, para poder emitir una opinión fundada.
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