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29 de abril 2008 - 00:00

Más fallos avalan reclamos contra las retenciones

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Las quejas de productores contra las retenciones a la exportación de granos tuvieron en los últimos días respuestas positivas en juzgados federales de Santa Fe y Entre Ríos.

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En Rosario se autorizó a tres productores agrarios de la localidad santafesina de Las Parejas a vender 414.000 toneladas (9.000 quintales) de soja sin aplicar la fórmula de derechos de exportación móviles. La Justicia Federal ordenó al Estado nacional que suspenda la aplicación de la Resolución 125/08, limitando el otorgamiento de la presente medida a la comercialización de los 9.000 quintales de soja de propiedad de los productores afectados hasta que recaiga sentencia definitiva.

El fallo, dispuesto por el Juzgado Civil y Comercial Nº 1, a cargo de un juez subrogante, destacó en sus considerandos que Sergio Rodolfo Bollatti, Aníbal Víctor Bollatti y Lisandro Bollatti, promovieron una acción de inconstitucionalidad contra las retenciones, porque infringen el principio de legalidad que emana de los artículos 4º y 17º de la Constitución Nacional, según informó el diario «La Capital» de Rosario.

El argumento señaló que el derecho de exportación no habría sido creado por una ley del Congreso sino por una disposición del Poder Ejecutivo, impugnando asimismo la delegación legislativa autorizada por el artículo 755 del Código Aduanero y por el Decreto 2752/91.

Por su parte, el Juzgado Federal de Primera Instancia de la ciudad de Paraná tomó en sus manos una causa presentada por un productor agropecuario contra el sistema de retenciones móviles, aunque sin pronunciarse sobre la continuidad del cobro del tributo.

La semana pasada había circulado información acerca de que el juzgado entrerriano había fallado en favor de una acción de amparo presentada por un productor identificado como Elías Daschevsky. Aun así, el juzgado se limitó a declarar la admisibilidad formal de la acción, dando vista de la situación a la AFIP, al tiempo que denegó la «medida cautelar innovativa» solicitada por el productor.

Al fundamentar el amparo, Daschevsky pidió que se declare la inconstitucionalidad de la Resolución 125/ 2008 del Ministerio de Economía y del artículo 755 del Código Aduanero que dio vida al esquema de retenciones móviles para el agro. El juzgado se declaró competente para entender en la causa pero desestimó la posibilidad de convalidar el pedido de inconstitucionalidad presentado por el productor.

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