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28 de junio 2004 - 00:00

Monotributo: cómo es el nuevo régimen

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Otro de los cambios pasa por la modificación de la cobertura social que se ofrecerá contra un pago de $ 22. Para los nuevos adherentes al régimen habrá un período de carencia de 6 meses, por lo que no se podrá acceder a los servicios hasta 180 días después de la inscripción en el monotributo.



• Se descontará una cuota mensual si se cumplen los pagos de todo el año. En cambio, si el cumplimiento es inferior a los 12 meses pero superior a los 6 se les descontará sólo 50%. Los pagos a partir de ahora se realizarán en el mes corriente y no por adelantado.

• Creación de la figura de
• El trámite de inscripción es obligatorio, por lo que de no registrarse la AFIP considerará al contribuyente como autónomo y no como agente fuera de actividad.

• Desaparece la figura de Responsable No Inscripto, que deberá adherirse al monotributo si se encuadra dentro de los requisitos.

• Para acreditar la condición de monotributista sólo se necesita presentar el formulario F.152 y el ticket de pago. Las sociedades de hecho deberán utilizar el F.153.

• Los monotributistas empleadores pasarán a pagar las contribuciones del régimen general, es decir los aportes, pues el sistema especial desaparecerá.

• Los contribuyentes que alquilen bienes no tendrán la obligación del aporte previsional, en tanto que los profesionales incluidos en el monotributo que tengan una caja especial de jubilación podrán aportar voluntariamente.

• El aporte para obra social será de $ 22, lo que implica una suba de 10%.

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