Sobre esa base se peticionó la urgente intervención de V.E., por medio de una vía procesal cuya procedencia resulta indiscutible (según ha quedado explicado en escritos anteriores), a efectos de evitar las consecuencias que producen decisiones judiciales adoptadas en el marco de medidas “utosatisfactivas” dictadas por diversos tribunales del país (federales o
Sin perjuicio del desarrollo realizado oportunamente, al cual nos remitimos en procura de evitar demasiadas reiteraciones, es del caso que en esta nueva ocasión volvamos a insistir en que, más allá de la evidente implicancia institucional que reviste la intervención que se solicita a V.E. frente a la
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