RESOLUCIÓN 526/02 DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA
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Cómo opera el plazo fijo en los principales bancos hoy, jueves 9 de abril
VISTO el Expediente S01:0179665/2002 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley N° 25.561 y el Decreto N° 310 de fecha 13 de febrero de 2002, y
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6° de la Ley N° 21.561, y por el Decreto N° 1912 de fecha 25 de septiembre de 2002.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA
RESUELVE:
Artículo 1° —Redúcese, en los términos del ACUERDO DE PRORROGA DEL CONVENIO DE
ESTABILIDAD DE SUMINISTRO DE GAS OIL, ratificado por el Decreto N° 1912 de fecha 25 de septiembre de 2002, la alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) aplicable a la mercadería comprendida en la posición arancelaria 2710.19.21 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), al CINCO POR CIENTO (5%).
Art. 2° —La presente resolución tendrá vigencia a partir del 1° de agosto de 2002.
Art. 3° —Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial archívese.
—tab Roberto Lavagna.
—tab




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