12 de abril 2002 - 00:00

Resolución N° 1256/02 de la AFIP

Bs. As., 10/4/2002
 
VISTO lo establecido en la Ley Nº 21.453 y la normativa complementaria que prevé los requisitos para efectuar la presentación de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior y CONSIDERANDO:

Que en tal sentido resulta necesario dictar los procedimientos para el trámite y registro de las declaraciones juradas de venta al exterior (DJVE) a través del Sistema Informático MARIA.

Que los mismos contemplan el establecimiento de secuencias de registro informático que facilitan el seguimiento y control de las DJVE y las declaraciones de Exportación asociadas a ellas.

Que han tomado la intervención que les compete la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera, de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS y la Subdirección General de Recaudación —irección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros—

Que la presente se dicta en uso de la facultad conferida por el artículo 7º, inciso 9) del Decreto
Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:

Artículo 1º —Aprobar los Procedimientos relativos a la tramitación de la Declaración Jurada de Venta al Exterior a través del Sistema Informático MARIA que integran: el ANEXO I, INDICE TEMATICO; ANEXO II, TRAMITE Y REGISTRO DE LA DECLARACION JURADA DE VENTA AL EXTERIOR (DJVE); ANEXO III, MANUAL DE REGISTRO INFORMATICO.

Art. 2º —Regístrese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Cumplido. Archívese. —Alberto R. Abad.

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