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En el comunicado la autoridad monetaria también detalló que los bancos pueden realizar importaciones de dólares, siempre que afecten para ello sus disponibilidades en el exterior.
Las operaciones que fueron autorizadas por el Banco Central para realizar la conversión de pesos a dólares uno a uno son las siguientes:
• Pago de saldos de tarjetas de crédito y deudas contraídas con entidades financieras en concepto de capital e intereses de préstamos personales, hipotecarios para vivienda y prendarios para la adquisición de automóviles de uso particular, siempre que el deudor sea una persona física.
• Saldos deudores en cuentas de clientes por efecto de las compensaciones interbancarias de cheques emitidos en dólares y débitos directos cursados en igual moneda.
• Saldos en descubierto en dólares originados por la actividad desarrollada en cuentas corrientes en pesos.
• Cancelación de operaciones de pase y caución bursátil en el Mercado de Valores de Buenos Aires.
En tanto, las entidades financieras podrán cubrir la totalidad de las transferencias realizadas a sus clientes, mediante una transferencia equivalente de su cuenta corriente en pesos a su cuenta corriente en dólares en el Banco Central.
Asimismo, se dispuso que las entidades «podrán realizar importaciones de billetes dólares estadounidenses, siempre que afecten para ello sus disponibilidades en el exterior».




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