3 de enero 2002 - 00:00

Rige hasta hoy uno a uno para cuotas

Anoche el Banco Central emitió un comunicado prorrogando hasta hoy a las 20 la autorización a las entidades financieras para convertir pesos a dólares al tipo de cambio uno a uno, con la finalidad de cubrir determinadas operaciones.

De esta forma, aquellos ahorristas con fondos en pesos podrán cubrir saldos deudores; hacer frente al pago de préstamos hipotecarios, prendarios o personales; o abonar las tarjetas de crédito al tipo de cambio vigente bajo la convertibilidad.

Es importante tener en cuenta que para entrar en este régimen se deberá tener fondos en pesos en una cuenta bancaria a la vista o depositar directamente el efectivo en la cuenta que, a diferencia de los cheques, tienen acreditación instantánea.

Si alguien tenía, por ejemplo, un saldo en pesos en su caja de ahorro, puede ordenar al banco que pague un resumen de tarjeta o una cuota hipotecaria en dólares, al tipo de cambio uno a uno.

El Banco Central difundió telefónicamente ayer por la tarde esta disposición a los distintos gerentes de las sucursales bancarias. Durante la mañana muchas entidades se negaron a tomar pesos uno a uno con el dólar bajo la presunción de una inminente salida de la convertibilidad. Posteriormente se emitió el Comunicado 5.900 que ayer a última hora de la noche fue prorrogado hasta las 20 de hoy.

«No teníamos una reglamentación clara sobre cómo adaptarnos a las nuevas medidas económicas, la orden fue no cargarnos de pesos», admitió a este diario el tesorero de una céntrica sucursal bancaria, quien señaló que tras el llamado del Banco Central la situación «se normalizó».

En el comunicado la autoridad monetaria también detalló que los bancos pueden realizar importaciones de dólares, siempre que afecten para ello sus disponibilidades en el exterior.

Las operaciones que fueron autorizadas por el Banco Central para realizar la conversión de pesos a dólares uno a uno son las siguientes:

Pago de saldos de tarjetas de crédito y deudas contraídas con entidades financieras en concepto de capital e intereses de préstamos personales, hipotecarios para vivienda y prendarios para la adquisición de automóviles de uso particular, siempre que el deudor sea una persona física.

Saldos deudores en cuentas de clientes por efecto de las compensaciones interbancarias de cheques emitidos en dólares y débitos directos cursados en igual moneda.

Saldos en descubierto en dólares originados por la actividad desarrollada en cuentas corrientes en pesos.

Cancelación de operaciones de pase y caución bursátil en el Mercado de Valores de Buenos Aires.

En tanto, las entidades financieras podrán cubrir la totalidad de las transferencias realizadas a sus clientes, mediante una transferencia equivalente de su cuenta corriente en pesos a su cuenta corriente en dólares en el Banco Central.

Asimismo, se dispuso que las entidades «podrán realizar importaciones de billetes dólares estadounidenses, siempre que afecten para ello sus disponibilidades en el exterior».

Dejá tu comentario

Te puede interesar