ver más

Ya superaste el límite de notas leídas.

Registrate gratis para seguir leyendo

15 de agosto 2002 - 00:00

Se podrán pagar deudas impositivas

ver más

El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.

En todos los casos, el BODEN se tomará a valor técnico, pero convertido a pesos. Esto quiere decir que la reconversión de los títulos 2005 y 2012 (nominados en dólares) a pesos se hará al tipo de cambio especial de 1,40 más CER.

En el primer caso, será el Organismo Nacional de Administración de Bienes del Estado (ONABE) el que deberá ocuparse de poner a la venta los bienes. Se presume que se tratará, principalmente, de inmuebles.

Los BODEN también podrán utilizarse para cancelar deuda por bienes del Estado adquiridos con anterioridad a esta nueva normativa que elaboró la Secretaría de Finanzas, a cargo de Guillermo Nielsen.

Se estipuló que el ONABE tenga 30 días corridos a la fecha de publicación de la resolución de Economía en el Boletín Oficial para dar a conocer el inventario de la lista de bienes disponibles para la venta.

A los 180 días, el organismo deberá realizar licitaciones públicas estipulando la forma de pago de los mencionados títulos públicos.

En lo que respecta a las deudas impositivas, los bonos podrán aplicarse a la cancelación de impuestos nacionales acumulados hasta el 30 de junio de 2001. Aquí se incluye el IVA, Ganancias, Bienes Personales, Internos, impuesto al cheque, Combustibles, Comercio Exterior, Ganancia Mínima Presunta y Endeudamiento Empresario.

En cambio, quedan fuera las deudas previsionales de todo tipo. El argumento es que para este tipo de aportes, únicamente es válido el efectivo, ya que de este ingreso depende el pago a los jubilados.

Habrá 90 días hábiles bancarios desde que comiencen a cotizar los títulos para aplicar esta opción. También se podrá cancelar totalmente el importe pendiente de pago de las moratorias vigentes. La última que se incluye es la que permitió pagar deudas tributarias acumuladas hasta el 30 de setiembre.

El gobierno estudiará si también la posibilidad alcanza a los monotributistas. En principio quedarían incluidos, pero podría haber algún tipo de limitación puntual.

El pago vía BODEN tendrá que ser de toda la deuda, y no existirá la posibilidad de cancelar parte al contado o en cuotas. Si un contribuyente debe 100.000 pesos, deberá utilizar los BODEN hasta alcanzar esa cifra y no podrá cancelar un monto menor de deuda.

Últimas noticias

Dejá tu comentario

Te puede interesar

Otras noticias