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6 de noviembre 2006 - 00:00

Será ley salvataje por deudas

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Jorge Capitanich
La Cámara de Diputados aprobará el miércoles el nuevo esquema de recálculo para los deudores hipotecarios morosos que tomaron sus préstamos por afuera del sistema financiero.

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El proyecto, que la semana pasada fue aprobado en el Senado, después que Jorge Capitanich lo considerara con todos los bloques, alcanza a unos 80.000 deudores en dólares que están en riesgo de remate inminente de sus viviendas. Esos casos quedaron fuera de la pesificación inicial de la economía y los jueces, en general, aceptaron el criterio de los acreedores de mantener esas deudas en dólares. Tampoco se frenaron las ejecuciones cuando el gobierno creó por ley el fondo fiduciario de refinanciación de los pasivos hipotecarios, cuando Roberto Lavagna ocupó el Ministerio de Economía. Ahora el Congreso establece un mecanismo de conversión de esas deudas a una relación de 1,83 peso por dólar.

Se crea, además, un sistema de conciliación entre partes primero y de recálculo de la deuda si persistiera la diferencia.

El consenso alcanzado en el Senado -donde el proyecto fue votado por unanimidad el miércoles pasado- será seguido por una rápida aprobación esta semana en Diputados.

  • Límite

  • El proyecto está limitado a deudores que no excedan los $ 100 mil y que hubieran caído en mora entre el 1 de enero de 2001 y el 11 de setiembre de 2003 a raíz de la compra o ampliación de una vivienda única.

    El primer título del proyecto apunta a limitar las interpretacionesde los jueces sobre la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, declarada mediante la Ley 25.561 y luego modificada, ampliada y prorrogada.

    En primer término, la nueva ley suspende las ejecuciones y los desalojos producidos por cualquier concepto, al tiempo que advierte a los jueces que revisen el origen de las deudas con un criterio «favorable a la preservación de la vivienda digna y la protección integral de la familia».

    Los jueces actuantes deberán solicitar liquidaciones a las partes y, de persistir las diferencias, tendrán la facultad de evaluar el monto final de la liquidación. Esa liquidación no podrá exceder el resultado de una ecuación que parte de considerar un dólar estadounidense igual a un peso más 30% de la diferencia entre dicha paridad y la existente en el mercado libre en el momento de la liquidación, más 2,5% anual de interés por todo concepto.

    Ese cálculo es el que al día de hoy arroja una relación de $ 1,83 por cada dólar adeudado. Una vez aprobada la liquidación, el monto será cancelado total o parcialmente con recursos del fondo fiduciario creado por la Ley 25.798 que funciona bajo el control del Banco Nación.

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