Volvió Montoya: incautó el primer vehículo con deudas
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Según la reforma al Código Fiscal aprobada en diciembre pasado, el Gobierno puede incautar, sin previa intervención de la Justicia, vehículos valuados en más de 35 mil pesos que adeudan montos equivalentes al 10 por ciento de ese valor o el 30 de las facturas del impuesto a las patentes emitidas.
Hasta la media tarde, personal de la Dirección General de Rentas aguardó "tener el último contacto con el contribuyente antes de proceder" al secuestro, según informó Montoya, tras lo cual la camioneta de alto valor fue trasladada, sellada con bandas rojas con la leyenda "vehículo secuestrado".
"Hace varias horas que están los empleados aquí para facilitar el procedimiento y realmente queremos que él regularice", señaló Montoya minutos antes del secuestro, en referencia a uno de los propietarios del vehículo.
El procedimiento indica que tras el aviso, Rentas intima al contribuyente a regularizar su deuda y, de negarse a pagar, procede al secuestro del vehículo.
"Ahora, el contribuyente entraría con los beneficios del plan de pago, pero tiene que haber un pago de contado de al menos dos tercios de la deuda", explicó Montoya.
En este sentido, el funcionario aclaró que "un plan de 36 cuotas ya no está disponible para evitar el secuestro, pero si se hubiera presentado hasta ayer si hubiera entrado en un plan de pago, que seguramente es mucho más barato que el seguro de este auto".
De haber sido así "no estaríamos haciendo esto", dijo Montoya haciendo referencia al secuestro, al tiempo que advirtió que "las cuotas de los planes de pago de la provincia permiten regularizar esta situación con una cuota pequeña".
En cuanto a la titularidad del vehículo, que generó dudas respecto de si podía ser o no secuestrado por estar su dueño en convocatoria de acreedores, Montoya explicó que "está a nombre de dos personas".
"Una persona está concursada y la otra no, de manera que por la persona que no está concursada el vehículo es perfectamente secuestrable", aseguró el titular de Ingresos Públicos.
A su vez, el funcionario destacó que "por la persona que está concursada el vehículo tiene parte de la deuda puesta en concurso y el resto en lo que se llama deuda posconcursada, por lo que si sólo hubiera deuda anterior el vehículo no sería concursable por una medida cautelar que se genera, pero por la deuda que ingresa después del concurso sí".
"Es secuestrable por dos vías, por un lado por la titularidad de la persona que no está en concurso y por otro lado por la deuda de las cuotas posteriores al concurso", aseveró Montoya en declaraciones televisivas.




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