La Cámara en lo Penal Económico confirmó ayer la multa que la Dirección Nacional de Comercio Interior aplicó a la cadena de supermercados Wal-Mart. La sanción se produjo porque la empresa estadounidense ofreció un producto mediante lo que la Justicia calificó de «publicidad enga-ñosa». La Sala B del tribunal ratificó la multa de $ 20.000 que se aplicó a Wal-Mart por ofrecer, mediante avisos publicados en el matutino «Clarín», una pelota de fútbol número cinco «de cuero». El organismo de la Secretaría de Comercio comprobó, en cambio, que las pelotas que se exhibieron a la venta en las sucursales de la empresa eran de látex y vinilo, por lo que se violó la Ley 22.802 (de Lealtad Comercial). La norma prohíbe la publicidad que median-te inexactitudes pueda inducir a error, engaño o confusión a los consumidores. La Sala B del tribunal de segunda instancia llegó a la misma conclusión que la Dirección Nacional de Comercio Interior: «La publicidad podía inducir a engaño», expusieron los camaristas Carlos Pizzatelli, Roberto Hornos y Marcos Grabivker al mantener la multa impuesta.
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