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Aborto: juez pide probar violación
El magistrado exhortó a la provincia de Córdoba «a establecer un mecanismo que disponga la conformación de un equipo interdisciplinario que, al ser requerida la intervención, verifique adecuadamente que el embarazo es producto de una violación».
Además, rechazó el amparo presentado por la Asociación Civil Portal de Belén contra la provincia en cuanto pretendía la declaración de la inaplicabilidad por inconstitucional en el territorio provincial, de la Resolución N° 93/12, del 30 de marzo de 2012, dictada por el Ministerio de Salud cordobés.
El juez Ossola entendió que «deben acreditarse las circunstancias» que permiten la «práctica excepcional» del aborto y que no basta con una declaración jurada. En ese sentido, el magistrado declaró la «inconstitucionalidad de la Resolución 93/12 únicamente en su art. 3.2.a, en cuanto prescribe que para la práctica del aborto no punible en caso de violación el único requisito es la manifestación, con carácter de declaración jurada, por parte de la embarazada o su representante (según el caso), que el embarazo ha sido producto de una violación» y que por esa causa solicita, en consecuencia, que se le practique el aborto.


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