9 de agosto 2017 - 00:00

AFIP reglamentó beneficios para energías renovables

Se publicó en el Boletín Oficial. Incluye energía eólica, solar, térmica, mareomotriz, hidráulica, y plantas de depuración. También compra, infraestructura, fabricación e importación

Alberto Abad
Alberto Abad
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció ayer un beneficio impositivo para las empresas que realicen inversiones en energías renovables. Según se informó en el Boletín Oficial, aquellas compañías que concreten desembolsos en "emprendimientos de producción de energía eléctrica a partir del uso de fuentes renovables de energía" podrán acceder a la acreditación y/o devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Según la Resolución General 4101 de la AFIP publicada ayer en el Boletín Oficial, las empresas incluidas en el Régimen de Fomento para el uso de fuentes renovables de energía podrán, simultáneamente, practicar en el impuesto a las Ganancias la amortización acelerada de los bienes previstos en sus inversiones.

A su vez, la normativa firmada por el titular de la AFIP, Alberto Abad, indica que el beneficio alcanza al IVA que hubiera sido facturado a los responsables del gravamen por la compra, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de capital, nuevos en todos los casos, o la realización de obras de infraestructura, tal como dispuso el decreto 531 del 30 de marzo de 2016. En esos casos el tributo "les será acreditado contra otros impuestos recaudados por esta Administración Federal, o en su defecto les será devuelto en las condiciones que al respecto se establezcan", dice la resolución.

A su vez, el texto recuerda que el Régimen de Fomento instituye un régimen de inversiones para la construcción de obras nuevas con el otorgamiento de beneficios promocionales, entre ellos la devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado. Las fuentes de energía renovables son la energía eólica, solar, geotérmica, mareomotriz, hidráulica, biomasa, gases de vertedero, gases de plantas de depuración y biogás, con excepción de los usos previstos en la Ley 26.093.

Dejá tu comentario