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Amplían plazos
En los considerandos de la resolución se justifica la adecuación del plazo por la «naturaleza y características especiales» de las operaciones involucradas. El ministerio señala, asimismo, que se tuvieron en cuenta las solicitudes formuladas por el sector exportador, tras el dictado de la Resolución 142, del 24 de abril pasado.
La Resolución 231 amplía también de 15 a 30 días el plazo para liquidar divisas provenientes de operaciones de exportación entre empresas vinculadas. La norma mantiene para el resto de las operaciones de exportación los plazos de 90 y 360 días corridos, según corresponda, como tope para liquidar divisas.
En tanto, mediante la Resolución 230, también publicada en el Boletín Oficial de ayer, dispuso la instrumentación de la notificación a los exportadores por medios electrónicos, a los efectos de otorgarle certeza y agilidad.


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