La presentación -durante la feria judicial- ingresó a través del Juzgado Federal Nº 1 que preside María Servini de Cubría. Sin embargo, se procederá a sortearla nuevamente para asignarle un juzgado que la tramite. Aranguren ya se encuentra imputado por haber dictado el primer tarifazo a través de las resoluciones 28 y 31, las que precisamente anuló la Cámara Federal de La Plata. En esa causa que instruye el juez Luis Rodríguez, el ministro fue también acusado por violación de los deberes de funcionario, abuso de autoridad y negociaciones incompatibles con la función pública porque adjudicó una serie de licitaciones de la empresa YPF a Shell, empresa de la que fue CEO y es accionista en su casa matriz. Ahora se le suma esta denuncia por la decisión administrativa de fijar topes en las tarifas de gas, a través de la Resolución Nº 129, pese a que había sido notificado de la anulación dispuesta por el tribunal platense. En sus primeros tres artículos establece una instrucción al Enargas para que autorice a las empresas a facturar a los usuarios de acuerdo con los parámetros de consumo y con un tope de no más del 400% y 500% según el caso, y agregó la convocatoria para el 31 de octubre a una audiencia pública.
El abogado Facundo Ferro agregó declaraciones televisivas del funcionario en las que destacó la plena vigencia de la Resolución Nº 129, que las empresas habrían de refacturar según lo estipulado por el Gobierno y que estaba de acuerdo con la nueva disposición que había refrendado. "Surge de modo claro y manifiesto que el Ing. Juan José Aranguren tenía pleno y total conocimiento de lo resuelto por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Sala II, en fecha 07/07/2016 y de modo deliberado incumplió y contrarió lo dispuesto por ella", sostuvieron en la denuncia.
"No se comprende cómo el titular del Ministerio de Energía y Minería, estando notificado fehacientemente del fallo de la Cámara, y teniendo pleno y total conocimiento de lo resuelto por ese órgano judicial, no sólo no retrotrae la situación tarifaria a la existente previamente al dictado de ambas resoluciones, sino que redobla la apuesta y establece, mediante la Resolución 129/2016, un tope tarifario del 400% en la factura del servicio público básico y esencial de gas, incurriendo así en una clara desobediencia al mandato judicial", expresaron en el argumento principal los demandantes. Para ellos, Aranguren deliberadamente incumplió la orden al anunciar los topes en conferencia de prensa y luego firmar las resoluciones.
Pero no todo fueron malas nuevas para Aranguren. Ayer, en el marco de la maraña judicial en la que quedó sumido el tarifazo, la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata dispuso habilitar la feria judicial y revocar la decisión del juez provincial Luis Arias que no había concedido la apelación a la provincia de Buenos Aires para revisar el fallo que anuló el aumento de las tarifas para los usuarios comprendidos bajo las empresas Edelap (Empresa Distribuidora de Energía La Plata SA), Edesa (Empresa Distribuidora de Energía Sur SA), Edeasa (Empresa Distribuidora de Energía Atlántica SA) y Eden SA (Empresa Distribuidora de Energía Norte SA). Arias había negado el efecto suspensivo a su anulación y consideró el efecto "devolutivo" de la queja, lo que mantiene los efectos de su anulación. Ahora la Cámara provincial, aunque no validó el fondo de la cuestión, decidió que el juez se había excedido, con lo que por hoy, y solo para los territorios de influencia de esas empresas demandadas, el cuadro tarifario con aumentos dispuestos por la gobernación está vigente.
| Gabriel Morini |


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