15 de abril 2010 - 00:00

ART: Corte falló a favor de Boca

Un nuevo fallo de la Corte Suprema despeja dudas sobre el alcance de los nuevos topes indemnizatorios de la ley de accidentes laborales al dirimir en el caso del ex futbolista Alfredo Berti contra el Club Boca Juniors a favor del reclamo de la institución y de la aseguradora. La Corte decidió devolverle el tema a la Cámara con la indicación de que calcule el pago indemnizatorio, pero teniendo en cuenta el Ingreso Base Mensual (IBM) por el cual el damnificado aportó en su momento. Esto es precisamente lo más relevante del fallo porque un decreto del año pasado eliminó los topes. Cabe señalar que el valor del IBM sirve para determinar la prestación dineraria que le correspondería percibir al trabajador. El conflicto nace a raíz de que la Ley de ART original fijaba un tope indemnizatorio en función del aporte máximo computable para la jubilación. Como el accidente habría ocurrido antes de la sanción del decreto que eliminó los topes, el jugador reclamaba una suma mayor. Pero el club pagó una prima a la aseguradora en función del tope vigente en ese momento, por lo que la indemnización debía guardar relación con el aporte y la prima. En primera instancia, el fallo fue favorable a Boca Juniors, pero el segundo, a Berti, y sobre éste falló la Corte.

El máximo tribunal dispuso que la Sala VII de la Cámara Nacional del Trabajo dicte una nueva sentencia aplicando a dicho ingreso el tope previsto en forma integral y conjunta en la Ley 24.241, su decreto reglamentario 433/94, el art. 12 de la Ley 24.557 y la Res. Gral. DGI 4.204/96 y sus subsiguientes modificatorias; haciendo extensiva esa limitación al monto de las prestaciones dinerarias derivadas de la Ley de Riesgos del Trabajo. Señala la Corte que la constitucionalidad de dichas normas no fue cuestionada en ninguna etapa del proceso. Esta jurisprudencia es particularmente importante luego de la sanción del Decreto 1.694/09, que si bien deja sin efecto los topes de las prestaciones dinerarias por Incapacidad Laboral Permanente Definitiva, no afecta la limitación que este fallo sostiene para el IBM.

A continuación la síntesis de la sentencia.

El fallo de la Sala VII se aparta del derecho vigente y de las constancias obrantes en el juicio, en materia de la inclusión de los premios y la prima del jugador para determinar su ingreso base, sobre el cual se liquidó la indemnización.

En tal sentido y conforme el art. 12 referido, se sostiene que para determinar las prestaciones dinerarias se deberá tener en cuenta las remuneraciones sujetas a cotización, y que los aportes y contribuciones se calcularán conforme a los límites mínimos y máximos establecidos en el art. 9 de la Ley 24.241, también vigente por entonces.

Es congruente la Ley de ART con la Ley 24.241 y la normativa reglamentaria, en cuanto al límite que fija a las remuneraciones computables ciñéndolas a las sujetas a cotización y la extensión al monto de las prestaciones dinerarias.

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