Juez Cayssials argumentó que existió participación ciudadana en discusión previa por aumentos. Fuero menos hostil con el Ejecutivo. Fija antecedente.
El juez Pablo Cayssials, titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 9, no hizo lugar a una cautelar de una asociación de consumidores en el marco de una acción colectiva y así logró que el Gobierno evitará replicar escenarios judiciales similares a los del gas y de la luz. A contramano de lo que sucedió en varias instancias con esos servicios públicos, el magistrado rechazó retrotraer el aumento tarifario del servicio que presta la empresa Aguas y Saneamientos S.A. (AySA S.A.) -establecido por la disposición 62/16)-, y proceder así con una nueva facturación a valores anteriores al tarifazo. Sin analizar la cuestión de fondo, argumentó que para este caso hubo participación antes del dictado de la medida administrativa del incremento. El fuero capitalino era el que el Gobierno había buscado para que concentre todos los reclamos contra las subas de tarifas, algo que finalmente no logró.
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Hasta el momento sólo se registraron medidas cautelares interinas a usuarios particulares que consiguieron que la Justicia atienda sus situaciones y obligue a AySA a refacturarles a valores anteriores al aumento. El fallo difundido ayer va en el mismo sentido, pero agrega que rechaza la pretensión de la Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores (ADUC) en el marco del reclamo colectivo iniciado también contra el Estado. "Sin perjuicio de la decisión de fondo que se adopte con relación a la cuestión central, objeto de los presentes actuados, que prima facie no se evidencia la presunta vulneración del derecho a la participación ciudadana invocado por la aquí actora, quien -cabe resaltar, como se dijo precedentemente- participó, como integrante de la Sindicatura de Usuarios, del Ente Regulador de Aguas y Saneamiento (ERAS), de las discusiones realizadas en el marco de las actuaciones administrativas que culminaron con el dictado de la Disposición N° 62/16, aquí cuestionada, ejerciendo -en principio- la representación en la que funda su pretensión cautelar, aunque omitiendo realizar manifestación alguna de esta circunstancia, de modo de demostrar que tal participación no resultó suficiente para resguardar el derecho que ahora entiende vulnerado", aseguró el magistrado, quien integra el fuero en el que el Ejecutivo pretendía subsumir los reclamos del gas y de la luz. Más amigable con la Casa Rosada, podría haber atraído la competencia de los demás juzgados bajo el pretexto de que los organismos demandados tenían sede en la Capital Federal y que eran decisiones administrativas las objetadas. El fallo puede ser leído como una forma de tabicar futuros reclamos en la misma dirección contra el agua, el único de los servicios que hasta ahora no cuenta con una acción de clase favorable. Cayssials agregó que la cautelar solicitada en la demanda, tendría el mismo efecto que el resultado del amparo porque implicaría la devolución de los montos pagados por lo que entendió que no correspondía y fijó un antecedente para otros reclamos en curso.
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