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Blanqueo: Río Negro y Salta, con impuesto local
Río Negro y Salta activaron medidas para generar, con la medida nacional, una recaudación propia. La Legislatura de Tucumán podría sancionar hoy su iniciativa y se sumaría a Capital Federal.
En Río Negro, el Gobierno que comanda Alberto Weretilneck envió ayer a la Legislatura local una iniciativa de ley que establece que los contribuyentes que realicen "el acogimiento previsto en la norma impulsada por el Ejecutivo tendrán el beneficio de abonar las alícuotas especiales sobre el total del monto de los bienes declarados en el acogimiento al Régimen de Sinceramiento Fiscal, establecido por Ley -nacional- 27.260 atribuibles a Río Negro, en concepto de Ingresos Brutos omitidos".
Las alícuotas serán del 0% hasta ingresos omitidos por hasta $305.000; entre esa cifra y $800.000, un 0,5%; y a partir de allí, 1%, detalla el proyecto que envió al Parlamento el Gobierno de Juntos Somos Río Negro, con el que espera llegar a recaudar más de $100 millones.
Además, "los instrumentos que se exterioricen con motivo del acogimiento al Régimen Excepcional de Regularización de Bienes, los mismos estarán gravados en el Impuesto de Sellos con una alícuota equivalente al 50% de la que les hubiera correspondido conforme la ley impositiva aplicable".
En tanto, en Neuquén y Mendoza, los proyectos que se presentaron durante el transcurso de esta semana no incluyen un impuesto local. Idéntica situación se da en Córdoba, Tucumán -votaría hoy-, Capital Federal -lo sancionó días atrás- y la provincia de Buenos Aires, que buscaría dictaminar hoy (presentó algunas disidencias ayer el Frente Renovador) para tratarlo la semana próxima.
Para Salta, su iniciativa expresa, en su tercer artículo, que se establecerá "un impuesto especial fijo equivalente al 10% del que correspondiera abonar en los términos del artículo 41 de la Ley Nacional N° 27.260", es decir, en el caso de un blanqueo no productivo (por ejemplo, un inmueble).
Sin embargo, el siguiente artículo destaca que "quienes se adhieran al régimen de sinceramiento fiscal (...) y vuelquen los fondos exteriorizados en proyectos de inversión productiva, inmobiliarios, energéticos, que favorezcan el desarrollo de la economía local, y que generen nuevos puestos de trabajo en la provincia de Salta, respecto del monto imponible exteriorizado y efectivamente invertido en esta provincia, no abonarán el Impuesto Especial Fijo establecido en el artículo precedente".


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