5 de octubre 2011 - 00:00

Casación anuló los sobreseimientos por crimen de Bragagnolo

La Cámara Nacional de Casación Penal ordenó ayer que se anule el sobreseimiento dictado a cuatro jóvenes en la causa por la muerte del adolescente Matías Bragagnolo, ocurrida en abril de 2006, en el barrio de Palermo, y pidió que se dicte un nuevo fallo.

Por el hecho ya están procesados y camino a juicio tres acusados: el policía federal Luis Oscar Villegas, acusado de vejaciones, y dos jóvenes, entonces menores de edad, a los que se les imputa el homicidio preterintencional de Bragagnolo.

La resolución de la Sala III del máximo tribunal penal de la Nación recayó sobre Martín Martínez, Alejandro Arvia, Alejandro Bartra y Gastón Fucks, quienes «integraban el grupo agresor» que impidió que amigos de Bragagnolo pudieran defenderlo.

Para los camaristas Eduardo Riggi, Gustavo Mitchell y Liliana Catucci la presencia de los cuatro jóvenes imputados «significó para la víctima una mayor amenaza a su integridad física».

Martínez, Arvia, Bartra y Fucks «integraban el grupo agresor que impidió en dos oportunidades que los dos amigos que acompañaban a Matías Bragagnolo pudieran asistirlo en momentos en que recibía un duro castigo físico», dijeron los camaristas.

Los cuatro jóvenes habían sido sobreseídos por la Sala IV de la Cámara Nacional en lo Criminal, que ahora, por disposición de Casación, quedó apartada del caso para que otro tribunal dicte «una nueva sentencia».

En el fallo de la Cámara de Casación, dado a conocer ayer, los magistrados consideraron que los jóvenes que habían sido sobreseídos habrían estado presentes en el momento inicial de la pelea y persiguieron a Bragagnolo cuando éste intentaba huir de sus agresores. «La intervención no se limitó al primer momento del hecho, sino que se extendió a la persecución de la víctima una vez que ya había sido agredida y la violencia era la característica dominante de la situación», dice la resolución.

Para los camaristas, «dicha circunstancia impide, a esta altura de la investigación, sostener que esas conductas sean incompatibles con un designio encaminado a provocar un daño en el cuerpo o la salud del damnificado». Por tal motivo, los integrantes de la Sala III consideraron que el sobreseimiento dispuesto por la Cámara del Crimen se basó en un «análisis parcial y aislado de los elementos de juicio obrantes en la causa, que condujo a evaluar la presencia de los imputados y la persecución emprendida como una acción vacía de significación, de manera descontextualizada a la situación vivida por la víctima».

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