25 de octubre 2018 - 00:09

¿Con la prórroga del plan de pago de AFIP alcanza?

¿Con la prórroga del plan de pago de AFIP alcanza?
Cuando la AFIP anunció que dictaría un plan de facilidades de pagos temporario (que luego se materializó en la RG 4.289) y que admitiría deudas hasta el 30 de junio, se pensaba que incluiría los vencimientos para personas humanas de Bienes Personales y Ganancias, conceptos que no fueron contemplados en la resolución general dictada y que ahora si se incluyen en la prórroga que el organismo otorgó al régimen de pago en cuotas. Además se extendió la fecha de corte de deudas comprendidas, pues incluirá obligaciones acumuladas al 30/9/18. El resto de las condiciones en cuanto al "scoring" -que la deuda incluya los intereses y accesorios, entre otras- se mantienen. Indudablemente la medida es buena y contempla reclamos, pero ¿es suficiente? Y la respuesta parece ser negativa.

A menudo la realidad es una ilusión venida a menos. La actualidad que atraviesa el país a propósito de los desacomodamientos económicos y financieros que llevaron a revisar estructuras de costos, rentabilidades, buscar liquidez, etc., demanda otra tipo de medidas más profundas como es la implementación de una moratoria por ley, como no puede ser de otro modo.

Las circunstancias económicas, que no provocaron las pymes industriales, comerciales o de servicios, llevaron en determinados casos, a este sector y a las personas humanas también, a elegir entre pagar todos los impuestos o tratar de mantener la empresa en marcha o viva su actividad. Se trata de deudores no de evasores. La evasión es otro tema y debe combatirse.

No se desconoce que un anuncio de estas características implicaría un impacto en la recaudación hasta que esa medida extraordinaria se ponga en marcha, pero también hay que considerar que le evitaría al Fisco perseguir el cobro judicial de las deudas y a los sectores con pasivos fiscales, al condonar multas y/o reducir intereses le facilitaría la regularización de su situación fiscal. A la vez, el "scoring" no sería un escollo para condicionar la cantidad de cuotas o la financiación, porque existen quienes de no mediar una medida de este tenor entran en un círculo vicioso: no les alcanza para pagar a la AFIP pero eso los condiciona para acceder a mejores planes.

Es importante considerar que esta iniciativa en general es impulsada por el Gobierno pero no necesariamente debe ser así, la oposición también podría propiciar un régimen de regularización de deudas intentando otorgarle aire al sector empresario que más mano de obra capta en lugar de perderse, como algunas veces se escucha, en reproches o discusiones banales. Ayudar a financiar la deuda tributaria en momentos recesivos es consolidar el cobro y paralelamente marcar un nuevo punto de partida. Lamentablemente las buenas intenciones que se volcaron en el blanqueo y la moratoria contenidos en la Ley 27.260 del año 2016 se fueron diluyendo ante los avatares económicos. Una medida de fondo que reposicione a los contribuyentes podría ayudar a crear un nuevo clima entre los sujetos de la relación tributaria.

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