31 de diciembre 2014 - 00:00

Corte I: con cautelar, Lan resiste por hangares

 La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de queja por el cual el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) solicitó que se revocara la medida cautelar que le impedía desalojar a la aerolínea Lan Argentina del hangar que ocupa en el Aeroparque Jorge Newbery, en Buenos Aires.

El objetivo del ente aeronáutico era que los hangares del Aeroparque fueran exclusivos para Aerolíneas Argentinas.

En septiembre del año pasado, la jueza federal Liliana Heiland prorrogó por tiempo indeterminado la medida cautelar presentada por Lan. La decisión fue cuestionada por el organismo regulador, pero la Corte Suprema decidió mantenerla.

Pero el fuero Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a una medida cautelar solicitada por Lan Argentina y ordenó al ORSNA que se abstuviera de interferir con el normal uso, goce y explotación del hangar por seis meses.

El fallo lo firmaron Juan Carlos Maqueda, Carlos Fayt y Eugenio Zaffaroni. Ayer los abogados de la aerolínea avisaron a la Corte que, más allá del resultado, ya cuentan con una nueva cautelar que entrará en vigencia durante los próximos seis meses.

En paralelo, ayer la Corte volvió a emitir un fallo sensible paran el ámbito sindical ya que estableció que los trabajadores que quieran presentar reclamos judiciales o administrativos en defensa de sus derechos no deberán pagar, porque gozan del beneficio de la gratuidad en todas las instancias del proceso.

Highton de Nolasco, Fayt, Maqueda y Zaffaroni sostuvieron que los trabajadores gozan del beneficio de gratuidad en todas las etapas de cualquier reclamo que mantuvieron o mantienen con sus patrones.

El fallo fue dictado en una causa iniciada por el particular David Lionel Kuray, pero sienta un precedente en todos los reclamos impulsados por trabajadores.

Represalia

Kuray
reclamó ante la Justicia misionera la reparación de los daños que le había provocado un grave accidente que sufrió cuando fue aplastado por un camión cuando reparaba el vehículo en el taller mecánico donde era empleado.

La Corte entendió que la gratuidad es una "garantía reconocida para asegurar la tutela judicial efectiva" del trabajador que facilita su defensa en los reclamos originados en la relación de trabajo, más allá de que tales reclamos se apoyen en normas que no sean propiamente laborales o que tramiten por procedimientos judiciales distintos a los que se aplican comúnmente a los juicios laborales.

Finalmente, la Corte confirmó ayer una condena contra el Estado a partir del juicio iniciado por la familia de una víctima de la tragedia de la discoteca República Cromañón ocurrida en diciembre de 2004. Firmaron Lorenzetti, Highton de Nolasco y Maqueda.

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