29 de marzo 2017 - 00:00

Corte jubila jueces post 75 y desata festival de vacantes

Fallo restablece límite constitucional para magistrados. En contrario al amparo de Highton, sentencia deja al Gobierno en offside por doble estándar.

Leopoldo Schiffrin
Leopoldo Schiffrin
La Corte Suprema de Justicia sepultó ayer la "doctrina Fayt", lo que en un mismo movimiento agitó el avispero puertas adentro del Poder Judicial, con réplicas que salpicarán al propio Gobierno, favorecido en principio por una multiplicación de vacantes a cubrir de jueces que excedan los 75 años de edad. Con mensaje intrínseco para la corporación judicial y con el objetivo de zanjar definitivamente la facultad de la Convención Constituyente de 1994 para definir el tope de edad de los magistrados en sus cargos, se anuló el único ítem de la Constitución que había sido declarado inconstitucional en 1999, mediante una acordada de la denominada "mayoría automática". El fallo deja mal parada la posición del Ministerio de Justicia, que por una parte desistió de apelar el amparo que por el mismo motivo había beneficiado el 10 de febrero pasado a Elena Highton de Nolasco, pero mantuvo el pleito que finalmente derivó en esta sentencia, con múltiples efectos institucionales. La responsabilidad de la "renovación" quedará bajo la órbita del Consejo de la Magistratura, que deberá administrar el festival de reemplazos.

La trascendencia del fallo -firmado por Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti, y Juan Carlos Maqueda, con la disidencia de Carlos Rosenkrantz- impacta más allá de la situación del camarista platense Leopoldo Schiffrin, cuyo caso escaló a la Corte por un recurso de queja presentado por el propio Estado. El timonazo de la Corte respecto del criterio aplicado por los tribunales en los últimos años para los jueces que excedieran el límite contenido en el artículo 99, inciso 4°, tercer párrafo de la Carta Magna, tendrá su réplica en alrededor de 70 casos de magistrados que alcanzan o superan ese tope. Sólo los que tengan un fallo favorable (firme) quedarán del lado de adentro, lo que generará frentes de conflicto ante situaciones parecidas. Al mismo tiempo, devolvió la facultad al Poder Ejecutivo y al Congreso de definir la eventual continuidad con un nuevo acuerdo de sus pliegos, que debe ser cursado por el Presidente y validado por los dos tercios del Senado. El trámite para resistir la jubilación va a marcar una barrera difícil de sortear.

Los supremos apuntaron a devolver "vigencia" a la totalidad del texto constitucional (Maqueda y Rosatti participaron de su redacción), y a corregir un hito: la única objeción histórica al texto de la Constitución fue en beneficio de integrantes del propio Poder Judicial. Un mensaje a las bases. Schiffrin, además de ser un histórico y respetado camarista, tenía el apoyo explícito de Elisa Carrió, principal enemiga política de Lorenzetti, a quien sigue amenazando con un juicio político. La jueza nacional con competencia electoral María Servini de Cubría también quedó en el centro de la escena, y su primera lectura fue que el fallo también tenía como objetivo su desplazamiento. Su status es distinto: inició amparo en 2009 y en 2010 obtuvo sentencia de primera instancia en el fuero de la Seguridad Social. No fue apelado por lo que estaría a salvo. El interrogante se disparará con quienes tengan una medida cautelar a su favor -aunque no haya sido apelada- porque habrá batalla de interpretaciones sobre si hace o no una cosa juzgada. Tampoco hay un registro único sobre casos judicializados que ahora deberán pasar el tamiz del Consejo. Será el turno del órgano político del Poder Judicial que deberá administrar las cesantías de quienes estén excedidos sin desproteger integración de tribunales, a la vez que consigue reemplazos y abre nuevos concursos. Los que no iniciaron reclamo alguno irán camino a la jubilación forzosa, mientras que quienes aún lo estén tramitando deberán esperar un fallo adverso en alguna instancia, que siga el nuevo criterio instaurado ayer. La disidencia de Rosenkrantz (asesor de Raúl Alfonsín en la constituyente del ´94) giró en torno de que la Convención modificó un artículo que no estaba habilitado por el Congreso para cambiar, y reivindicó el "precedente" Fayt.

Desde hacía 5 años el caso estaba en la Corte, que no conseguía mayoría para definir una cuestión espinosa para sus propias filas. La sentencia -que obviamente validó todo lo actuado por Schiffrin post 75- coincidió con el pedido al Gobierno de aumento de partidas presupuestarias para un aumento salarial del 10% para el Poder Judicial, retroactivo al 1 de marzo. El primer reflejo oficial fue cauto pero celebratorio de la decisión. A primera vista lo deja con posibilidad de nombrar decenas de jueces, si logra capear las turbulencias del Consejo. Pero también, en una lectura política, la decisión desnudó una posición incómoda para el Ministerio de Justicia que preside Germán Garavano, que en un primer momento se opuso a la permanencia de Highton de Nolasco en el amparo presentado a fines de año. Cuando el juez Enrique Lavié Pico le otorgó la razón a la magistrada próxima a cumplir la edad límite, el Gobierno desistió de la apelación a Cámara del fallo de primera instancia. Sin embargo, en sentido contrario, mantuvo el recurso para correr a Schiffrin, en la práctica, con el mismo impedimento para seguir. Esa inconsistencia no pasó desapercibida para algunos integrantes de esa cartera ni para observadores externos, en una gaffe que podría deparar nuevos capítulos judiciales.

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