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Corte rechaza extradición de Astiz a Francia
Alfredo Astiz
La decisión de la Corte sella así en un caso emblemático como el de Astiz el recorrido judicial que se inició en la década del 90 con una serie de pedidos de extradición por parte de tribunales extranjeros de exmilitares imputados en causas vinculadas al presunto secuestro, tortura y desaparición de personas durante la represión clandestina a las guerrillas. La vigencia de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final en ese momento abría la vía de los reclamos judiciales extranjeros.
La anulación de estas dos normativas, como recordó ayer el máximo tribunal en su fallo, permitió la reapertura de las causas por delitos de lesa humanidad en la Argentina. En el caso de Astiz, el primer proceso que lo imputaba se reabrió el 1 de septiembre de 2003. En este sentido, la Corte resaltó que cuando «el delito que motiva el requerimiento de extradición cayere también bajo la jurisdicción argentina es la República Argentina quien tiene preferencia para el juzgamiento».
Más allá de desestimar el planteo, en el fallo firmado por el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, también se dispuso que la Unidad de Superintendencia de Delitos de Lesa Humanidad de la Corte adopte «las medidas necesarias para superar dificultades operativas» que puedan presentarse en ese proceso local. A finales de 2008 el exmarino fue excarcelado por decisión de la Cámara Nacional de Casación Penal debido a los plazos de prisión preventiva, decisión que generó gran controversia y debates respecto del avance de las causas por delitos de lesa humanidad cometidos durante el último Gobierno militar.
Por otro lado, el máximo tribunal también resaltó en su fallo que «la República Argentina viene comprometiendo sus mejores y máximos esfuerzos en la adopción de las medidas necesarias para no dejar en la impunidad las graves violaciones a los derechos humanos» ocurridas entre 1976 y 1983.
Astiz es actualmente juzgado por el Tribunal Oral Federal N° 5 por los hechos de la denominada «Masacre de la Iglesia Santa Cruz», entre otros delitos, en la que fueron secuestradas las monjas francesas Alice Domon y Léonie Duquet, por quienes reclamaba la extradición del exmarino la Justicia francesa.


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