12 de septiembre 2023 - 00:00

Diputados: el oficialismo apura un proyecto de generación de empleo y beneficios tributarios

La iniciativa que activa el denominado programa de “EMPLEO MIPYME” fue presentado la semana pasada. Expondrán varios funcionarios, como la ministra de Trabajo, Raquel Olmos y el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Carlos Castagneto.

La comisión de Presupuesto y Hacienda de Diputados, que comanda el legislador kirchnerista Carlos Heller, intentará apurar mañana un proyecto enviado días atrás por el Ejecutivo que activa el denominado programa de “EMPLEO MIPYME”, que promueve la generación de trabajo y de beneficios tributarios para el sector privado.

Para la reunión de la comisión, que comenzará a partir de las 15.30, fueron convocados a exponer la ministra de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Raquel Olmos; el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Carlos Castagneto; el secretario de Industria y Desarrollo Productivo, José de Mendiguren; y la subsecretaria de Ingresos Públicos, CPN Claudia Balestrini.

“La medida que se propicia tiene como objetivo, por un lado, fomentar la contratación de trabajadores y trabajadoras, incluyendo la de aquellos y aquellas jóvenes que accedan al mercado laboral por primera vez, como así también, en transformar, de manera gradual y con un criterio federal, a los Planes, Programas Sociales y Prestaciones de la Seguridad Social en trabajo formal de calidad, mejorando de esta manera la empleabilidad y la generación de nuevas propuestas productivas, desarrollando un esquema de protección y regularización de situaciones laborales precarias y promoviendo la inclusión social plena de aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y económica”, se fundamenta en el proyecto que lleva la firma, entre otros, del ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria, Sergio Massa.

En el artículo cuarto, la iniciativa deja claro los beneficios tributarios para “los empleadores y las empleadoras del sector privado que se acojan al Programa ‘EMPLEO MIPYME’ que contraten nuevos trabajadores o nuevas trabajadoras -incluyendo aquellos y aquellas jóvenes de entre 18 y 25 años de edad que accedan al mercado laboral por primera vez-, que podrán gozar, respecto de cada una de las nuevas incorporaciones que produzcan un incremento neto de la nómina del personal -considerando como período base aquel que establezca la Reglamentación-, por un plazo de 24 meses contados a partir del inicio de la relación laboral”. En ese sentido, y para el caso de micro, pequeña o mediana empresa, “o de una entidad sin fines de lucro cuyo objeto exclusivo sea la prestación de servicios sociales gratuitos, que contrate trabajadores o trabajadoras que no gocen de programas sociales y de empleo nacionales que otorguen prestaciones dinerarias: reducción del 100% de las contribuciones patronales”.

En tanto, “tratándose de los demás empleadores o empleadoras del sector privado, que contraten trabajadores o trabajadoras que no gocen de programas sociales y de empleo nacionales que otorguen prestaciones dinerarias: los primeros 12 meses, reducción del 50% de las contribuciones patronales y los segundos 12 meses, reducción del 25% de las contribuciones patronales”.

Por otra parte, “tratándose de todos los empleadores o empleadoras del sector privado, que contraten trabajadores o trabajadoras que gocen de programas sociales y de empleo nacionales que otorguen prestaciones dinerarias: reducción del 100% de las contribuciones patronales. Además, “los y las titulares de programas sociales y de empleo nacionales vigentes -o que se instituyan en un futuro- que sean contratados o contratadas en el marco del Programa ‘EMPLEO MIPYME’ y que cumplan con la capacitación y los cursos de formación que se establezcan, continuarán percibiendo los beneficios y prestaciones que otorgan dichos programas por un plazo máximo de hasta 12 meses, en los términos y las condiciones que establezcan las Autoridades de Aplicación”.

Un punto importante en el séptimo artículo del proyecto expresa que “los empleadores y las empleadoras que encuadren y se encuentren inscriptos como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas,”, o “de una entidad sin fines de lucro cuyo objeto exclusivo sea la prestación de servicios sociales gratuitos podrán regularizar, en el marco del presente régimen, las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley, con excepción de las correspondientes al ‘Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares’”. Habrá diferentes parámetros según el tipo de empresa y cantidad de trabajadores a regularizar.

Durante la jornada de mañana, otro plenario de comisiones analizará un proyecto sobre la promoción de la industria del calzado y su cadena de valor.

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