En primer lugar, la AFIP recurrió a un comunicado para aclarar que el único plazo vigente para adherir al blanqueo es hasta el 30 de septiembre tal cual resulta de la instrumentación de la Ley 26.860, significando que no será extendido después de la fecha estipulada. Aquellos contribuyentes que no adhieran al régimen voluntario de exteriorización hasta el 30 de septiembre sufrirán todas las sanciones contempladas en la Ley Penal Tributaria y el Régimen Penal Cambiario, añadió el escrito. Igualmente, el decreto autoriza a extenderlo tres meses más, hasta diciembre.
Más adelante, el titular del organismo, Ricardo Echegaray, expresó que la regla no tiene ninguna vocación recaudatoria, sino que apunta a dinamizar la actividad económica y a aliviar todo tipo de tensiones, refiriéndose al atribulado mercado cambiario.
Consultado sobre la cantidad de divisas que esperan blanquear, Echegaray aseguró que espera números similares a la exteriorización del año 2009, donde se declararon alrededor de u$s 5.000 millones.
La tarea de control recae desde un primer momento en la AFIP, explicó el funcionario, y añadió que tendrá en tiempo real los antecedentes de quienes se presenten al blanqueo y que actuará en caso de presentarse alguna operación sospechosa.
De esta manera, Echegaray aseguró que se diluye el rol de bancos, inmobiliarias y escribanos como supervisores de estas operaciones.
El titular de la AFIP aconsejó a los contribuyentes que evadieron que se presenten al blanqueo, y recordó que en el anterior que se aplicó en 2009 hubo muchos que se arrepintieron, porque esperaban una prórroga que no hubo.
A continuación se exponen otros puntos salientes de esta reglamentación:
La exteriorización se informará al ente tributario mediante la declaración de Ganancias y Bienes Personales que corresponden al ejercicio 2013, es decir, en abril de 2014.


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