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El Gobierno declaró la emergencia en San Juan
Julián Domínguez
La medida, que lleva la firma del titular de la cartera agropecuaria, Julián Domínguez, se adoptó a través de la Resolución 221 publicada ayer en el Boletín Oficial, y regirá desde el 20 de diciembre hasta el 31 de marzo de 2012.
La norma abarca las explotaciones agrícolas y/o ganaderas que hayan sufrido daños en su producción o bien en su capacidad de producción superior al 50% en los departamentos de Jachal e Iglesia y la zona de Pedernal, en el Departamento Sarmiento, por heladas y crecientes.
También comprende los departamentos de Albardón y Angaco, y las zonas de Colonia Fernández (en el Departamento San Martín), el Mogote (en Chimbas), Médano de Oro (en Rawson), la Majadita (en 9 de Julio) y la Dehesa (en Ullum), donde se vieron afectados por granizo los cultivos de vid, olivos, frutales en general, hortalizas en general, de semillas, florícolas e invernaderos y por crecientes los establecimientos pecuarios.
Estas producciones se verán así beneficiadas por los alcances de la Ley 26.509: conforme con lo establecido por su artículo 8°, los productores afectados deberán presentar un certificado extendido por la autoridad competente de la provincia en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.
Así, las instituciones bancarias y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) podrán arbitrar los medios necesarios para que los productores comprendidos en la resolución gocen de los beneficios previstos por el estado de emergencia y desastre.


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