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Empezar al revés y hacer las cosas por una vez al derecho
Pero amén del aspecto formal -que, insisto, no es de importancia menor, porque suele ser la mayor fuente de los litigios, como ocurre con la Ley de Riesgos del Trabajo-, y si bien a la hora de diseñar una eventual reforma laboral la vía debería ser un acuerdo tripartito -o pacto social y sobre el que no falta experiencias ni en el país ni en el extranjero-, previamente debería hacerse un examen y un ordenamiento de lo que hoy existe, para poder recién entonces definir qué es lo que debería corregirse y, antes aún, por qué y para qué debe producirse la modificación.
Baste referir, por ejemplo, que el régimen de jornada de trabajo se rige por una ley del año 1929, que todavía están vigentes normas declaradas inconstitucionales por la Corte Suprema -tal el caso del artículo 245 de la LCT-, o leyes superadas por convenios de la OIT ratificados por la Argentina -como es el caso del Convenio 156 sobre trabajadores con responsabilidades familiares-.
Pienso así que recién después de poner un poco de orden y actualidad en las normas laborales debería comenzar a debatirse si es necesaria y para qué una reforma laboral.
Decía Bertrand Russell que optimista es en la actualidad quien cree que las cosas ya no pueden empeorar; pensar que puedan mejorar en un futuro cercano sólo puede hacerse merced a una ceguera voluntaria.
No es fácil en esta materia ser optimista, sobre todo cuando las reformas laborales, por enésima vez, y desconociendo todas las malas y fracasadas experiencias anteriores, se anuncian como instrumento para la generación de empleo.
El jurista, sin embargo, a conciencia de que no es él quien puede explicar cómo se hace crecer la economía para que sea ésta la que provoque la contratación de trabajadores, no puede dejar de advertir, empero, que la seguridad económica -que es lo que naturalmente pretende cualquier inversor- necesita un pilar fundamental que es la seguridad jurídica, y ésta no puede alcanzarse con parches e improvisaciones legislativas.
Y es por esto que, en esta materia, no estaría mal, por una vez, empezar al revés y hacer las cosas al derecho.
(* ) Profesor Emérito de la Universidad de Buenos Aires. Exmiembro de la Comisión de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT.
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