21 de abril 2014 - 00:10

En la Corte le recomiendan al Central blindaje antijuicios

• Siguen los efectos colaterales por el fallo que el Máximo Tribunal emitió sobre la validez de las retenciones

Eugenio Zaffaroni, Juan Carlos Fábrega y Carmen Argibay
Eugenio Zaffaroni, Juan Carlos Fábrega y Carmen Argibay
Los abogados del Banco Central comenzarán desde hoy a concebir un posible paquete de leyes para blindarse ante los efectos colaterales del fallo que emitió la Corte Suprema de Justicia el pasado martes luego del cual quedó en tela de duda la constitucionalidad de las leyes delegadas por el Congreso. Gran parte de las resoluciones firmadas desde el despacho de Juan Carlos Fábrega son legislación delegada lo cual aviva la expectativa de múltiples estudios de abogados.

Los letrados de la entidad monetaria, aquellos que responden al subgerente Marcos Moiseeff, fueron los primeros en advertir la magnitud del fallo de la Corte construido sobre el litigio de una firma pesquera que reclamaba por la constitucionalidad de la regulación que la obligaba a pagar retenciones. El viernes circularon por el cuarto piso de la calle Talcahuano y un ministro los previno: "Los abogados del sector bancario están haciendo muchas preguntas sobre las resoluciones del Central".

Esas regulaciones son cruciales para la actividad de los bancos, especialmente cuando les marcan los pisos y los límites a la cantidad de activos que están habilitados a conservar en moneda extranjera.

Pero también hay preocupaciones más urgentes y de índole más general que afectan las cuentas del Estado. Ocurre que los estudios jurídicos creen haber encontrado una ventana de oportunidad. Prometen a sus principales clientes -de mínima- retrotraer los niveles de todos los derechos de exportación al año 2006, cuando el Congreso dejó sin resolver el asunto de sus facultades delegadas. Los abogados ya están al tanto de que los contribuyentes podrían pretender la repetición de los derechos aduaneros mal ingresados en los últimos cinco años. En el Código Aduanero ese plazo comienza a correr desde el 1 de enero del año siguiente. Por esa razón podrían aspirar a obtener la devolución de lo ingresado en el lapso 2009-2014.

Un detalle para tener en cuenta: el Código Aduanero, a diferencia de la Ley de Procedimiento Tributario, no exige la prueba del empobrecimiento, esto es, que no se trasladó el efecto del impuesto al consumidor final.

Al mismo tiempo en Balcarce 50 ya se encuentra en redacción una respuesta a esas pretensiones. Está guardada bajo siete llaves y lo único que se sabe es que no se trata de un proyecto de ley que atribuya efectos retroactivos a la delegación legislativa.

El viernes a los abogados del Gobierno les costaba entender que en realidad se encuentran ante el más benévolo de los dos escenarios posibles. La postura mayoritaria en la Corte (Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Fayt y Eugenio Zaffaroni) entiende que las retenciones que impuso la administración de Eduardo Duhalde a comienzos de 2002 fueron aprobadas por en agosto de ese año (Ley 25.148). En ese sentido el fallo corrigió el déficit legal que tenían.

En cambio la postura de la minoría ésa que integran Carmen Argibay y Enrique Petracchi abona la tesis de que un decreto inconstitucional no puede ser subsanado por una intervención legislativa posterior. De seguirse ese criterio todas las retenciones percibidas fueron obtenidas en forma inconstitucional. Un golpe de nocout a las cuentas estatales.

Todavía queda la duda en la Corte sobre por qué Elena Highton de Nolasco, en un giro peculiar respecto de la conducta que suele exhibir, eligió no firmar en ninguna de las dos posiciones.

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