Recordando a Mercedes Sosa cantando "cambia, todo cambia", podríamos decir vuelve, todo vuelve, a propósito del proyecto de Ley de Financiamiento Productivo que incluye entre las herramientas con dicho fin a la factura de crédito, un instrumento que ya se intentó hace unas décadas y no prosperó.
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Claro que desde aquel entonces cambiaron mucho las cosas, particularmente en lo tecnológico en general y en lo informático en particular, nuevas vías de comunicación que aceleraron los tiempos de tramitación y diligenciamiento. Este contexto le da una nueva oportunidad apuntando a las pymes, con dos aspectos importantes:
1.-El instrumento se denomina Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs . Es decir, se inscribe en el régimen de factura electrónica de la AFIP.
2.- Será obligatorio cuando una MiPyMEs factura a empresas grandes, entendiéndose por tales aquellas cuyas ventas totales anuales expresadas en pesos superen los valores máximos establecidos en la Resolución 340/17 (SEPYME) o los que en el futuro los reemplacen.
3.- Será optativo en operaciones comerciales entre micro, pequeñas y medianas empresas.
A tales fines se crea el "Registro de Facturas de Crédito Electrónica MiPyMEs" que funcionará en el ámbito de la Administración Federal de Ingresos Públicos en el que se asentará la información correspondiente a dichos comprobantes, así como también su cancelación, rechazo y/o aceptación y las anotaciones pertinentes.
La Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs constituirá un título ejecutivo y valor no cartular, cuando reúna determinados requisitos que se detallan en el proyecto.
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