• A 24 horas del inicio del nuevo régimen, siguen las dudas técnicas y políticas
Carlos de la Vega, Ricardo Echegaray
Las autoridades de la AFIP volvieron a insistir ante varias delegaciones empresariales que el nuevo régimen de importaciones no está diseñado para trabar el ingreso de mercadería al país, aunque el más que sugestivo silencio de la Secretaría de Comercio Interior sigue inquietando al sector.
Sin embargo, el dato más importante es que no habrá un monto mínimo a partir del cual se disparará la intervención de la Aduana y la AFIP. Se lo adelantó un alto funcionario aduanero a la Cámara Argentina de Comercio (CAC) ante una pregunta puntual. Ayer, un alto dirigente de la Unión Industrial Argentina (UIA) había sugerido la necesidad de establecer un piso justamente para evitar las previsibles demoras que generará el trámite para el ingreso de repuestos e insumos indispensables para la marcha de la actividad, y cuyo precio en dólares podría ser irrelevante.
A menos de 24 horas de la entrada en vigencia de las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación, continúan las dudas operativas y políticas sobre el sistema que se pondrá en marcha a la hora cero de mañana. De ahí que se sucedan las reuniones entre empresarios y funcionarios de la AFIP, la Aduana y otras dependencias oficiales que -se supone- intervendrán en la aprobación o no de esas operaciones.
Entrevista
Ayer un grupo de técnicos de la Cámara Argentina de Comercio se reunió con Silvio Minisini, subdirector de Control de Riesgo Aduanero. Casi a la misma hora directivos del Centro de Despachantes de Aduana se entrevistaron con dos altos funcionarios de la AFIP. Y ayer por la tarde la Cámara de Pequeña y Mediana Industria Metalúrgica (CAMIMA) fue recibida por la ministra de Industria, Débora Giorgi.
En este último caso, no sólo se habló de las DJAI: los empresarios también solicitaron que haya más productos incluidos en el sistema de Licencias No Automáticas (LNA). O sea: más proteccionismo que termina pagando el consumidor por precios más caros.
Los técnicos de la CAC fueron a la Aduana a la semana de que su presidente, Carlos de la Vega, se reuniera con la secretaria de Comercio Exterior Beatriz Paglieri y dos semanas después de que estuviera con Ricardo Echegaray, titular de la AFIP. Llevaron un «paper» con 25 preguntas sobre las dudas que genera el régimen, la mayoría de las cuales fueron contestadas. Las mismas se plantearon en una reunión de importadores que se realizó en la CAC el martes pasado. Veamos a grandes rasgos qué respondió la Aduana:
No está prevista una sanción para quienes hubieran embarcado mercadería antes de ser autorizados a hacerlo. Sin embargo, si esta situación se reitera, habrá sanciones formales o «inspecciones exhaustivas».
Se podrá fraccionar el pedido de autorización tantas veces como sea necesario.
No se recomienda gestionar una DJAI por un monto mayor al usual para cubrirse de posibles restricciones, ya que podría confundirse con una intención de burlar el régimen.
No está prevista la posibilidad de efectuar rectificaciones a la DJAI. Para la oficialización del despacho sólo se requiere el estado de «autorizado».
Los despachos no deben necesariamente ser el fiel reflejo de las DJAI. Pueden existir diferencias, incluso en la procedencia, pero el control aduanero previo al libramiento va a ser más estricto (canal rojo).
El margen de tolerancia en valores y cantidades estará regido por la «razonabilidad»: no se impedirá la oficialización del despacho frente a diferencias de valores o cantidades, pero -de nuevo- provocará un control más exhaustivo (canal rojo, inspección conjunta DGA-DGI, etc.)
No está prevista la fijación de un monto mínimo a partir del cual se aplicará el régimen, especialmente pa-ra la vía aérea. Los embarques sujetos al régimen de courier que son detenidos y pasados al régimen general deberán gestionar DJAI.
Se reiteró que las importaciones temporarias no están alcanzadas por el régimen de DJAI. Tampoco el Régimen de Aduana Factoría (control aduanero en planta).
Los productos que tienen aprobación previa de otros organismos (Sedronar, ANMAT, etc.) se irán incorporando a medida que se perfeccione el instrumento de adhesión y se le remitirían sólo aquellas posiciones arancelarias que son de incumbencia específica de cada organismo.
Aún no hay un procedimiento establecido para los casos de no aprobación. Los criterios serán adoptados por los organismos intervinientes. Las observaciones deben realizarse dentro de los diez días corridos. En caso de no existir nuevas observaciones, tanto de la AFIP como de los organismos adherentes, se podrían autorizar las DJAI en cuestión de horas. De lo contrario se informarán las razones de la observación.
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