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Inundaciones: sin tope para subsidios
El subsidio será una suma de dinero que permita paliar los daños ocasionados, y para acceder a él los damnificados deberán acreditar que son titulares de los bienes en los que se produjeron las pérdidas, según detalla el proyecto de ley.
En otros casos la condición será no registrar mora en los pagos del impuesto al Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) o en algunos de los tributos establecidos en la Ley Fiscal. Los que se encuentren en esta última situación podrán optar por la cancelación de la deuda o adherirse a un plan de facilidades antes de solicitar esa reparación.
Por otra parte, los que tengan una actividad que requiera habilitación municipal deberán tener los papeles en regla. El fondo para otorgar estos subsidios se constituirá, este año por única vez, con el 1,5% de la recaudación del impuesto de ABL, y luego será la ley de Presupuesto la que establecerá el porcentaje que se destinará su constitución.
Se calcula que este año ese 1,5% podría representar unos $ 20 millones, teniendo en cuenta que lo que se recauda por ABL en la Ciudad es de unos 1.300 millones de pesos anuales.
El dictamen pone el 1% como piso para la constitución de este fondo obtenido de la imposición del ABL. Asimismo, el Banco Ciudad podrá otorgar una línea de crédito con tasas subsidiadas para asistir a personas físicas, consorcios de edificios y locales comerciales damnificados. El plazo para solicitar el subsidio será de 20 días hábiles a partir del momento de producido el daño.

