24 de octubre 2013 - 00:00

Jubilados: ¿otra ola de juicios?

Este año la Justicia ordenó al Gobierno hacerse cargo de las diferencias entre los haberes que perciben los jubilados con rentas vitalicias y la jubilación mínima de $ 2.165. Pero sólo los que reclamen podrán tener un reajuste de sus haberes. Hay tres casos.

Por un lado están los jubilados con rentas vitalicias pautadas en dólares y luego pesificadas. Luego de la crisis de 2001, unos 20.000 jubilados y pensionados del sistema de capitalización, que percibían rentas vitalicias en dólares a través de sus compañías de seguros de retiro, sufrieron la pesificación de sus haberes a razón de $ 1,40 más CER por cada dólar. En 2008 la Corte Suprema confirmó el fallo de primera y segunda instancia "Di Benedetti", obligando a las aseguradoras a dolarizar nuevamente las rentas vitalicias y abonar un retroactivo de dos años hacia atrás desde la fecha del reclamo. La diferencia entre una renta en dólares pesificada a través del CER y una pesificada a los valores reconocidos por la Corte es significativa: el valor del CER actual es de $ 295, esto significa que un beneficiario que percibe una renta vitalicia de u$s 100 adquirida con anterioridad a 2002, hoy está cobrando $ 295, cuando en realidad debería cobrar más de $ 550. En este caso la diferencia a reclamar supera el 50% de la renta actual. Mediación extrajudicial de por medio, los tiempos de demora para percibir el nuevo haber y la retroactividad son variados. Algunas compañías son más propensas a alcanzar soluciones conciliatorias en la mediación (entre 15 y 60 días), mientras que otras esperan el inicio de la etapa judicial y llegan a un acuerdo luego de la primera audiencia conciliatoria (de 3 a 6 meses). En este escenario, todos aquellos beneficiarios de rentas vitalicias pautadas en dólares y luego pesificadas podrán obtener un ajuste y el pago de la retroactividad correspondiente en un plazo inferior a 6 meses.

Luego están los jubilados que perciben parte del haber de la ANSES y otra como renta vitalicia. Son unos 350.000 beneficiarios que perciben en su recibo dos componentes, uno de ANSES por sus aportes al régimen de reparto (figuran bajo los rubros PBU y PC), y otro privado, que corresponde a la renta vitalicia (figura como haber mensual). El componente privado se ajusta por el CER, que en 2011 arrojó un incremento del 9%, mientras que la parte de ANSES se ajusto el 37% en igual período. Se han presentado reclamos tendientes al reconocimiento judicial de un aumento equitativo en ambos conceptos del recibo, los cuales han tenido acogida favorable entre los jueces de la seguridad social. En un renombrado fallo, cuyos fundamentos luego se replicaron en fallos de los tribunales de la Capital Federal, un juez marplatense reconoció al jubilado Rafael Vitiello, quien percibía un haber de $ 1.983, la posibilidad de cobrar $ 6.279 mensuales ordenando así la actualización tanto del componente de la ANSES como del privado. Vitiello se había jubilado a fines de diciembre 2007, con 46 años de aportes (33 años a Reparto y 13 años a AFJP). Por el régimen privado recibiría un haber mensual de $ 482, cuando si se hubiera calculado según el criterio de la ANSES y con los aumentos posteriores dados por el Gobierno debería cobrar $ 955. Este grupo de beneficiarios podría pedir el recalculo de su haber estatal y privado, y recibir así una recomposición que refleje el monto que hubiera percibido de haber quedado un 100% en reparto.

Hay además un grupo de jubilados y pensionados que perciben una renta vitalicia por debajo de la mínima. Son beneficiarios que cobran únicamente una renta vitalicia abonada por la ex AFJP, que no alcanza el haber mínimo vigente (hoy $ 2.476). La Corte dictó en junio 2012 un fallo mediante el cual reconoció por vía de amparo a un beneficiario de este grupo a percibir la mínima, condenando al Estado a abonar las diferencias correspondientes. Por lo tanto, los que perciban rentas vitalicias por retiros por invalidez o pensiones por fallecimiento por debajo de la mínima podrán reclamar al Estado que les pague la diferencia.

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