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Justicia negó cautelar a Molinos
Ricardo Echegaray
El procedimiento de la AFIP se originó en las sumas pagadas en conceptos de dividendos por Molinos Holding Chile a Molinos Río de la Plata de la Argentina. En la causa, el ente encabezado por Ricardo Echegaray reveló una maniobra llevada a cabo por Molinos Argentina, al instrumentar y poner en marcha "una estructura a fin de no pagar el tributo por las sumas recibidas de Perú y Uruguay". Según el comunicado oficial, Molinos interpuso una sociedad holding chilena para ampararse en el convenio permite evitar la doble imposición firmado entre Chile y la Argentina.
La Sala 1 de la Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó la medida de no innovar solicitada por la empresa y aseguró que ésta "no reunía uno de los requisitos fundamentales: la verosimilitud del derecho, esto es, que su derecho fuera cierto".
Por otro lado, según expresó la AFIP, uno de los magistrados agregó que la propia contribuyente reconocía que el impuesto cuyo pago se le exige responde a "una estrategia de planificación fiscal para aminorar la carga tributaria".
De acuerdo con la opinión de ese juez, en ese contexto, "no podrían asignársele (a la ejecución de la AFIP) las graves consecuencias de irreparabilidad del perjuicio alegadas por la sociedad, porque aquéllas no derivarían sino de impuesto ahorrado que, en circunstancias normales, hubiera debido afrontar por las utilidades concretas que percibió. Por su parte, Molinos dijo que ya ingresó $ 38,9 millones más intereses y registró el total de la deuda por $ 180 millones, porque las normas obligan al pago aun mientras todavía falte la resolución judicial definitiva.


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