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LAN: ahora la Justicia suspendió sin plazo el desalojo del hangar
Ignacio Cueto
Con anterioridad, el miércoles 28 de agosto, la jueza Claudia Rodríguez Vidal dictó una cautelar interina por el plazo de cinco días durante el cual el ORSNA debía responder un informe sobre las razones por las cuales se obligó a LAN a abandonar el hangar del Aeroparque, pero el ente hasta ayer no había presentado la respuesta, teniendo plazo para hacerlo hasta las dos primeras horas de hoy. Además, Rodríguez Vidal fue recusada por el Estado, por lo cual la nueva presentación de LAN recayó en Heiland.
La aerolínea solicitó la extensión de la medida interina dictada por Rodríguez Vidal porque ésta tenía vigencia hasta hoy y porque, además, el 30 de agosto venció el plazo de 10 días corridos que le había dado el ORSNA para desalojar el hangar. La empresa añadió asimismo en la presentación judicial que ese organismo regulador ya dio instrucciones para proceder al desalojo según la Ley 17.091 referida a restitución de inmuebles fiscales cedidos por contratos de concesión.
Según esta norma legal, una vez vencido el plazo pactado o declarada su rescisión por la autoridad administrativa, el concesionario debe restituir los bienes dentro de los 10 días corridos. En caso contrario, el organismo competente podrá requerir a la Justicia el inmediato desalojo del concesionario. La ley establece que "efectuada la presentación requerida, los jueces, sin más trámite, ordenarán el lanzamiento con el auxilio de la fuerza pública".
LAN Argentina insistió en su presentación en que el desalojo del hangar "impedirá la continuidad del servicio público de transporte aerocomercial de cabotaje que presta, por carecer de base de operaciones, con gravísimo impacto sobre la industria y especialmente sobre el futuro de sus 2.850 empleados".
Según Heiland, "persisten las circunstancias graves y objetivamente impostergables que justificaron el dictado de la medida interina". Para poder dictar la cautelar, la jueza declaró previamente la inconstitucionalidad del punto de la ley de medidas cautelares contra el Estado nacional en el que se afirma "sólo cuando circunstancias graves y objetivamente impostergables lo justifiquen, el juez o tribunal podrá dictar una medida interina, cuya eficacia se extenderá hasta el momento de la presentación del informe o del vencimiento del plazo fijado para su producción".
Heiland manifestó que como el ORSNA no presentó el informe y vence el plazo fijado por Rodríguez Vidal, el artículo 4 de la Ley 26.854 dictada en abril en el marco de la reforma judicial "agravia en forma inconciliable el principio constitucional de tutela judicial efectiva".
El conflicto entre LAN y el ORSNA por el hangar del aeroparque entró así en una nueva fase en la cual la Justicia en segunda instancia y, luego, la Corte Suprema deberán expedirse también sobre un aspecto clave de la ley de medidas cautelares como es el plazo de su vigencia.
La insistencia de LAN sobre que el ORSNA podría pedir a la Justicia que proceda al desalojo del hangar revela que la empresa duda sobre el resultado de la reunión mantenida la semana pasada entre el viceministro de Economía, Axel Kicillof, y el CEO de LAN Airlines , Ignacio Cueto. Tras ese encuentro, voceros de la empresa dijeron que se había desarrollado "en términos cordiales" y que Kicillof le pidió a Cueto un informe técnico que fundamentara la necesidad del hangar para mantener la presencia de la aerolínea chilena en el mercado de cabotaje.
Con todo, una medida que dispare la salida de LAN del mercado local y la pérdida de 1.000 a 1.500 puestos de trabajo no parece posible en el actual momento político y económico.


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