Cuestionó argumento contra su inamovilidad como jueza y que presentara demanda sin intentar renovar su pliego. Litigio lo resolvería el máximo Tribunal. Podría estirar su salida hasta fin de 2018.
Elena Highton de Nolasco
La contestación formal del Gobierno al pedido de amparo solicitado por la jueza Elena Highton de Nolasco dio la señal de que la Casa Rosada no quiere que permanezca en la Corte Suprema más allá de 2017. A través del escrito de rigor en el que debe responder la demanda, el Ministerio de Justicia replicó que ella "prestó -sin reparos ni reservas- el juramento" como miembro del máximo Tribunal con la modificación constitucional que establecía el límite de 75 años para la permanencia en el cargo, algo que ahora busca anular apelando al fallo "Fayt" que permitió al longevo juez sortear esa limitación.
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Irónicamente, el Estado le reprochó a Highton que la Constitución también prevé que se presente un pedido (una vez arribado al tope) para que se ponga en marcha el procedimiento para darle acuerdo por 5 años adicionales, algo que podría ser repetido indefinidamente si consigue aval del Senado a su pliego. Con citas a jurisprudencia de la Corte, el escrito criticó la judicialización del caso mediante un amparo y destacó "la ausencia de una lesión concreta, actual o inminente" en el reclamo. El Gobierno también buscó esquivar el argumento sobre el fallo que benefició no sólo a Carlos Fayt circunscribiéndolo a su caso particular, aunque hay antecedentes para los que también aplicó. Es que por detrás de Highton hay otros dos reclamos que preocupan al oficialismo: el de la jueza con competencia electoral María Servini de Cubría y el del camarista platense Leopoldo Schiffrin. Ambos cuentan con apoyo explícito de la aliada de Cambiemos, Elisa Carrió, lo que vuelve más complejo el escenario.
"Debido a mi cargo y función como magistrado del supremo tribunal de la Nación Argentina, gozo de estabilidad vitalicia que el artículo 110 de la Constitución Nacional asegura, sin limitación alguna, a los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores", afirmó Highton en el amparo cuya presentación fue revelada por Ámbito Financiero el 30 de diciembre y desembocó en una crisis interna dentro de la Corte, dado que el Gobierno daba por descontado que podría contar con una nueva vacante por llenar (o negociar) este mismo año.
A pesar de hacer énfasis en la interpretación de la Procuración General de la Nación al momento del fallo Fayt, la presentación también enumeró la lista de antecedentes en los que el Poder Ejecutivo (gestión kirchnerista) también había desistido ante el éxito de las medidas judiciales interpuestas por los magistrados para evitar la jubilación. De todas formas, consideró que de acuerdo con el dictamen que citó, no había lesión a la garantía de inamovilidad de la que gozan los jueces con el límite agregado por la Convención Constituyente que fijó el tope de permanencia en los 75 años. Highton había argumentado en su reclamo que ese tema no estaba en la agenda original de la convocatoria por lo que no podía ser validado. El Gobierno hizo expresa mención a que -en caso de otorgarse un amparo- llevaría el caso hasta la propia Corte Suprema, lo que podría complicar aún más su resolución. Otra composición de ese tribunal resolvió en otro momento histórico conceder los amparos para miembros de la propia Corte. En su composición hoy conviven dos miembros que fueron constituyentes en 1994, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti. De todas formas se abrirá una batalla de interpretaciones sobre si la Corte podría o no resolver sobre uno de sus actuales miembros. La definición -si se presentara el escenario de una excusación masiva de magistrados- podría recaer en un listado de conjueces abogados, que hoy por hoy no está vigente.
Pero Highton también afila su estrategia. Sondeos previos le auguraron éxito a la presentación de la demanda en el fuero Contencioso Administrativo Federal, dependiendo de la fuerza que hiciera el Gobierno para sacarla. Hasta la elección de su abogado patrocinante fue táctica. Jorge Isidro José Lusona fue quien presentó el amparo. El letrado es uno de los coautores de un tratado de Derecho Procesal Administrativo, cuya dirección estuvo a cargo del camarista Sergio Fernández, uno de los hombres más influyentes del fuero Contencioso Administrativo.
Pero Highton también podrá apelar a un as bajo la manga: la manda constitucional pone el límite en 75 años, edad que cumplirá recién el 7 de diciembre próximo. Pero no deja en claro si ese límite contempla que pueda permanecer hasta dejar de tener esa edad (es decir que deba irse antes de cumplir 76), lo que garantizaría que se estire la definición hasta fines de 2018
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