22 de julio 2011 - 00:00

Nuevo fallo sobre libertad sindical

La Justicia dio impulso al reconocimiento legal de un sindicato que había sido rechazado por el Ministerio de Trabajo. La cámara laboral revocó una disposición de esa cartera que le había negado el otorgamiento de la personería gremial a la Asociación Sindical del Sanatorio Municipal José Méndez (ASIPRO), por entender que colisionaba con otra organización preexistente, y le ordenó dictar una nueva normativa.

La Sala IV del tribunal basó su resolución en la interpretación de la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales, y en los recurrentes señalamientos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en cuanto a la falta de adecuación de la legislación argentina a sus criterios de libertad sindical.

La normativa vigente impide la constitución de nuevos sindicatos en las ramas de actividad en las que exista una organización gremial con personería otorgada por el Ministerio de Trabajo. Esa imposibilidad, además de haber sido objetada por la OIT por la supuesta contradicción con sus convenios de libertad sindical, está bajo análisis de la Corte Suprema, que en otras ocasiones falló en línea con los planteos del organismo internacional.

El fallo fue firmado por las juezas Silvia Pinto Varela y Graciela E. Marino el 30 de junio pasado.

La ASIPRO fue fundada en 1956 y en 1992 las autoridades de la cartera laboral -durante el Gobierno de Carlos Menem- le otorgaron la denominada simple inscripción, un reconocimiento parcial que el ministerio está obligado a conceder a partir de la presentación de algunos documentos formales y que es el paso previo a la personería gremial. Sólo con la personería los sindicatos están en condiciones de actuar de pleno derecho, recaudar cuotas de afiliación, negociar paritarias y contar con fueros protectivos para sus delegados.

El fallo de las camaristas recuerda que en febrero último la cartera laboral rechazó el pedido de personería «porque consideró que el peticionante había adoptado una forma oblicua de tipología societaria» no prevista en la Ley de Asociaciones Sindicales. Con la resolución, el ministerio a cargo de Carlos Tomada deberá organizar un proceso de cotejo de afiliados de ASIPRO contra otro gremio que reivindica para sí el monopolio de representación de los profesionales del hospital del barrio de Caballito.

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