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Otro gesto de CNV: ahora para granos
Así lo difundió el organismo dirigido por Alejandro Vanoli mediante dos ampliaciones en particular para los corredores de granos, donde se aclara que los que cumplan las condiciones antes descriptas podrán inscribirse ante la CNV como agente de liquidación y compensación propio, y poder actuar así sin necesidad de recurrir a esta figura a través de terceros. Es decir que se crea una categoría especial para cerealistas, que les permite que operen futuros y derivados agropecuarios. Para poder hacerlo, deberán presentar ante la CNV una copia autenticada de la documentación correspondiente que acredite la habilitación otorgada por el ministerio dirigido por Carlos Casamiquela.
Otro punto reclamado por los corredores de Buenos Aires, Bahía Blanca, Rosario y Santa Fe era el de un menor requisito patrimonial para actuar como agentes de liquidación y compensación. La reglamentación a la ley dispone que la categoría de agentes de compensación y liquidación en general debe acreditar un patrimonio mínimo de $ 3,5 millones. Sin embargo, con las modificaciones para esta categoría especial dentro del mercado agropecuario se redujo a $ 1 millón.
"La CNV terminó publicando todo lo que le pedimos. Lo principal es la modificación respecto a lo mínimos exigibles del patrimonio neto", sostuvo ante la consulta de este diario Javier Buján, presidente del Centro de Corredores y Agentes de la Bolsa de Cereales. "Paulatinamente en las últimas semanas se fueron cambiando las cargas administrativas, pero falta lo del patrimonio neto", señaló.
Según explicó, además de que ahora los agentes que operen futuros y opciones en el mercado agropecuario podrán acreditar un patrimonio menor que el anteriormente exigido, no pesa sobre éstos el requisito de liquidez. Para el resto de los agentes es de un 20% sobre el total.
Por último, los corredores de granos pedían la posibilidad de financiar a sus clientes en las operaciones en los mercados a término, que hasta ahora no podían. Con estos últimos criterios interpretativos podrán hacerlo. Ahora resta a la CNV atender otro de los reclamos desde el mercado agropecuario: el de hacer una salvedad respecto del artículo 20 de la ley de mercado de capitales, para eximir a los exportadores de granos de la posibilidad de que intervengan de manera temporaria. Una posibilidad de concretarlo sería añadiendo un punto especial para los que actúen por cuenta propia en el sector agrícola. Pero aún resta ver cómo se resolverá esta cuestión.


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