Desde el BCRA volvieron a aclarar que no se cambia el límite ya existente de acceso al mercado cambiario, el cual se mantiene en u$s 2 millones mensuales. Las medidas, sostienen en la institución, tienen como objetivo evitar maniobras vinculadas a lavado de dinero o evasión impositiva.
Estos límites se aplicarán exclusivamente en el caso de compra de dólares para formación de activos sin asignación específica. En otras palabras, lo que se busca es ahorrar en divisas. En cambio, si el objetivo es comprar dólares para otros objetivos, como importaciones, distribución de dividendos o giro de utilidades al exterior, se mantendrá el esquema habitual.
En el mercado, sin embargo, se interpretaron como mayores restricciones para el acceso al mercado de cambio. Por eso, ayer se registró un fuerte aumento de la demanda de divisas en las sucursales bancarias, ante el apuro de público y empresas de adelantarse a estas medidas. El Central también optó por apurar la implementación de estas normas en vez de esperar a la reunión formal de directorio de los jueves, luego de haber cerrado con un importante saldo vendedor la jornada (ver aparte).
Fuentes de la autoridad monetaria señalaron que «el objetivo de la normativa reside en darle mayor transparencia al mercado sin modificar las posibilidades de acceso a la adquisición de billetes o divisas que existe en la actualidad», aclarando al mismo tiempo que «no tendrán impacto sobre el mercado minorista, sino únicamente en el de las operaciones cambiarias de magnitud».
Esquema
Los bancos tendrán una responsabilidad clave para el funcionamiento de este esquema. Serán los responsables de establecer que la operación de cambio sea genuina, es decir, debe corroborar que los fondos pertenecen a quien la realiza y no a otra persona. Si hubiera incrementos patrimoniales posteriores a la presentación de la declaración jurada, aclararon desde el BCRA, la entidad bancaria deberá requerirle cualquier otra documentación adicional que así lo justifique.
Es más, aquellos bancos que permitan realizar operaciones por más de u$s 250.000 anuales sin la comprobación fehaciente del nivel de ingresos del comprador será pasible de una denuncia penal cambiaria por parte del Central. Y lo mismo sucederá con el inversor.
Con estas nuevas exigencias, la compra de divisas en el mercado formal se vuelve más engorrosa para el público de alto poder adquisitivo, pero sobre todo para las empresas, que son las que mayoritariamente superan los dos niveles establecidos: el de u$s 20.000 mensuales y el de u$s 250.000 anuales. Una de las consecuencias de estas nuevas reglas para el mercado cambiario es que podría aumentar la demanda de divisas en el mercado informal. En ese caso, el dólar «blue» podría aumentar la brecha en relación con la cotización del mercado formal. Desde el Banco Central no opinan lo mismo, aunque revelan una estadística que podría abonar esta tesis: un 40% de las operaciones del mercado cambiario entran en los nuevos límites establecidos, por lo que sólo podrían canalizarse a través de la presentación de declaraciones juradas (en el caso de individuos) o las presentaciones de balances.
Otros puntos prácticos para tener en cuenta sobre la nueva modalidad cambiaria son los siguientes:

