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Reforma: Corte confirmó un fallo por reincidencia
• Cuatro de los siete ministros avalaron una sentencia de la Casación Penal
Carmen Argibay y Eugenio Zaffaroni
La resolución firmada por todos los jueces (Eugenio Zaffaroni lo hizo en disidencia) rechazó un "recurso de queja" presentado por un condenado que cumplió con los requisitos para obtener la libertad condicional, pero que no pudo salir en libertad al ser reincidente.
"El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible", resolvió el tribunal con las firmas de los jueces Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay.
El preso en cuestión es Juan Miguel Cabail Abad, quien viene reclamando la libertad condicional pues "lleva cumplida más de la mitad de la condena, está incorporado al período de prueba y registra calificaciones favorables", indicó el planteo que recibió la Corte Suprema para su resolución.
En su artículo 14, el Código Penal prevé que "la libertad condicional no se concederá a los reincidentes", aunque el anteproyecto de reforma elevado al Ejecutivo por una comisión especial coordinada por Zaffaroni e integrada por dirigentes de los principales partidos políticos plantea eliminar esta figura como agravante al momento de establecer la cuantía de la pena para quienes ya pasaron por la cárcel con condena firme.
Actualmente, el proyecto se encuentra en estudio del Gobierno y no se sabe cuándo será girado al Congreso para su discusión. Cuando recibió el documento, Cristina de Kirchner avisó a la comisión redactora que sería despachado siempre y cuando lograra adhesiones de distintas fuerzas políticas en el trámite legislativo.
En su presentación, los defensores oficiales de Cabail Abad se expresaron en favor de la inconstitucionalidad del artículo 14, al considerar que "afecta los principios de culpabilidad, de que nadie puede ser condenado dos veces por el mismo delito, como así también se basa fundamentalmente en el conocido derecho penal de autor".
El detenido recibió una condena de 16 años y tres meses de prisión por la acumulación de unas cinco condenas anteriores y por hechos que van desde robo hasta tenencia de drogas, lesiones graves y abuso de armas, entre otros delitos.
La situación de Cabail Abad ya había sido resuelta por la Cámara Federal de Casación Penal, la cual estudiaba la posibilidad de pronunciarse formalmente y organizar un plenario con el objetivo de fundar doctrina sobre el tema (ver nota aparte).
Se trata de una disputa que divide a los camaristas, pero que encuentra mayor cantidad de adhesiones en la constitucionalidad de la reincidencia. Aun así, todos coinciden en la necesidad de reformular el código cuya estructura central data de comienzos del siglo XX.
En el caso que ayer se conoció, los jueces de la Sala IV Juan Carlos Gemignani, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos avalaron la constitucionalidad del artículo 14 del Código Penal y rechazaron la libertad condicional de Cabail Abad.
Los jueces en ese fallo consideraron que la denegatoria de la libertad "no se trata de una norma violatoria del principio de igualdad o que se aplique un derecho penal de autor, sino que se trata de una elección razonable del legislador que busca fomentar una política penitenciaria y criminal específica".


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