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Regulación jurídica de la información contable social
En tanto, en otras naciones, como Francia, desde hace más de una década la ley dispone la obligatoriedad de presentar balances sociales para las empresas con participación estatal. Frente a este ejemplo, es aún más visible la ausencia de una arquitectura normativa similar en la Argentina. Este vacío debilita y pone en riesgo el bien jurídico protegido de la información inherente a la responsabilidad social de las empresas públicas. Y quienes deben asumir la defensa de este bien jurídico son las instituciones señaladas por la Constitución. Sólo el Estado, al que compete este compromiso con la sociedad, tiene la facultad y la responsabilidad de institucionalizar esta política a través del Poder Legislativo.
El proyecto de ley de balance social que presenta la senadora María Laura Leguizamón tiene como finalidad exigir a las empresas públicas y a aquéllas en que el Estado sea accionista, la publicación periódica de dicho instrumento.
El bienestar humano no es sólo económico: incluye cuestiones sociales, filosóficas, políticas, ambientales, y otras que atañen a los intereses de la organización soberana que tiene el poder de regular la vida nacional. Consecuentemente, la información contable social, que nace de las empresas públicas, debe trascender el ámbito de lo económico y no puede ser optativa, ya que ilustra sobre las acciones del Estado en procura del bienestar humano.
El proyecto exige la presentación del balance social anual, y también calidad y eficiencia en el gobierno corporativo, cuidado del ambiente, tolerancia cero a la discriminación, respeto al personal, salarios dignos y posibilidades de desarrollo. Tal balance deberá hacer referencia a indicadores de gestión que permitan mensurar los impactos de la actividad de las entidades, obligando a su vez a la publicidad y transparencia de los mismos.
En razón de que la medición de las acciones abarca múltiples disciplinas, se insta a la creación, en el marco de la SIGEN, de un consejo de RSE que refleje esta pluralidad de contenidos, con la participación de las distintas especialidades, en el diseño de indicadores de gestión.
Se crean así las bases de exteriorización de todos los elementos que reflejen la responsabilidad social de las empresas involucradas, en los aspectos que requieran una respuesta pública a las demandas de la sociedad civil en los distintos escenarios en que operan dichas entidades.
(*) Vicerrector de la Universidad de Buenos Aires.
Decano de la Facultad de Ciencias Económicas


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