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Rige desde mañana acuerdo tributario con Uruguay
El acuerdo de intercambio de información tributaria se firmó por insistencia de la Argentina y ante la presión de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Para que esa organización no vuelva a colocar a Uruguay en la lista negra de paraísos fiscales era necesario que ese país firme acuerdos de este tipo con sus principales socios comerciales. Con la Argentina era indispensable. Así, desde que José Mujica asumió el Gobierno, la negociación del acuerdo se prolongó hasta que en abril del año pasado se firmó y aprobó primero en el Congreso argentino y luego, en diciembre, en el uruguayo.
En el país de Mujica, los empresarios y la oposición advirtieron que la vigencia del convenio desincentivaría la llegada de capitales. Por eso fue que el director general de Rentas de Uruguay, Pablo Ferreri, enfatizó que la Argentina sólo podrá solicitar información correspondiente a partir de la entrada en vigencia del acuerdo, es decir que no habrá "retroactividad" respecto de los datos pedidos.
De hecho, según explican los especialistas, la AFIP sólo podrá pedir información por causas penales de ahora en adelante. Esto excluye a los procesos administrativos que lleva adelante el organismo ante sospechas de evasión.
Por otro lado, cuando se trate de datos de balances de empresas (argentinas que operen con oficinas en Uruguay), la DGI uruguaya responderá sobre períodos fiscales que inicien después del 7 de febrero. Sí, en cambio, responderá a los pedidos que sobre datos bancarios, instituciones finan-cieras, mandatarios o fiduciarios, propiedad de sociedades, fideicomisos y fundaciones, entre otras entidades. Desde Uruguay aclararon que en el caso de los bancos se informará sobre saldos en cuentas y no sobre movimientos o transacciones pasadas. Tampoco está obligada a brindar datos sobre propiedad de sociedades que cotizan en Bolsa.
De cualquier forma, la mira de la AFIP en primer término está puesta sobre las grandes empresas exportadoras cerealeras a las que detectó triangulaciones desde oficinas "fantasma" en Uruguay sin declarar en la Argentina. Pero de todos modos, el acuerdo establece que el país al que se le requiera información "no está obligado a brindarla" si no está en poder de sus autoridades "ni en poder o control de personas que se encuentran dentro de su territorio".


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